La Sunat, en el proceso de modernización de sus servicios, ha implementando el uso de medios virtuales en sus procedimientos, para ello proporciona al Contribuyente el Expediente electrónico del Procedimiento de Cobranza coactiva – Escritos Virtuales.
¿Omar qué son los Escritos Virtuales?
Los Escritos Virtuales son documentos relacionados a procedimientos de cobranza coactiva, que los contribuyentes pueden presentar en tiempo real y de manera remota, a través del Formulario Virtual 5011 en SUNAT Operaciones en Línea, seleccionando la opción Expediente Virtual / Escritos Virtuales / Registro de Escritos Virtuales.
¿Cuándo yo puedo presentar un Escrito Virtual?
Es Escrito Virtual lo puedes presentar en los siguientes casos:
- Comunicación que se ha efectuado el pago;
- Solicitud de levantamiento de medidas de embargo;
- Solicitud de variación de medidas de embargo;
- Sustentación de propiedad de bienes embargados
- Y otros relacionados al Procedimiento de Cobranza Coactiva.
Omar y ¿Qué ventaja existe para los contribuyentes el Uso de los Escritos Virtuales?
Entre las ventajas más resaltantes figuran las siguientes:
- Asignación inmediata al responsable de atender el escrito.
- Menor tiempo en llegar al destinatario encargado de atender el escrito.
- Contenido estructurado y conciso que facilita su elaboración y atención.
- El usuario puede hace seguimiento en línea del estado del escrito.
Esto te va a permitir llevar una secuencia respecto de la atención del mismo, sin necesidad de llevar un control manual.
¿Y cómo hago para presentar un Escrito Virtual?
Deberás Ingresas a través de la plataforma web de la SUNAT – Operaciones en Línea con tu clave SOL – ingresar a Operaciones en Línea.
En esta sección deberás ingresar a «Escritos Virtuales», en el cual podrás registrar y/o consultar el estado de sus escritos.
Adicionalmente, en esta pantalla podrás registrar la información asociada al:
- Tipo de Expediente
- Número de Expediente
- Número de la Resolución Coactiva
La pantalla le mostrará una sección en donde se visualizará la información del expediente que se va a ingresar. Esta información no podrá ser editada y consta de los siguientes campos:
- RUC
- Razón Social del contribuyente al cual se le emitió la resolución
- Apellidos y nombres del Ejecutor Coactivo y/o Auxiliar Coactivo
Dependiendo del tipo del escrito, se habilitan algunos campos a ser registrados:
Asimismo, deberá registrar el sustento y fundamento del escrito. Para tal efecto, ingresará a la pantalla siguiente:
Si requiere ingresar información sustentatoria, ésta deberá ser presentada en formato PDF, y la podrá cargar en la siguiente pantalla:
Luego, se procederá a grabar el escrito, para lo cual el sistema emitirá un mensaje que confirmará la presentación del escrito.
Aceptada la presentación, el sistema genera una Constancia de Presentación, así como la visualización del Escrito presentado en formato PDF, la cual se puede imprimir.
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El Expediente electrónico – SUNAT
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Muy agradecido
CPCC Omar Jovany Panta Chero
Asesor y Consultor de Empresas
Docente, Expositor y Capacitador en Temas Contable – Tributario
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