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Seguro complementario de trabajo de riesgo – SCTR

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Buen día a todos; hace unas semanas, la SUNAFIL; ha venido enviando Cartas a las empresas sobre la obligación de contratar el Seguro complementario de Trabajo de Riesgo – SCTR en el marco de su función orientadora.

¿Omar qué es el SCTR?

Es un seguro que otorga coberturas por accidente de trabajo y enfermedad profesional, cuyo costo de las primas y/o aportaciones que origine su contratación, corren por cuenta del empleador.

¿Qué empresas y desde cuándo deben contratar el SCTR?

Este seguro debe ser contratado desde el inicio de la relación laboral, para aquellos trabajadores que tienen la calidad de afiliados regulares del Seguro Social de Salud y que laboran para un empleador que realiza actividades económicas de alto riesgo, mismas que se encuentran descritas en el Anexo 5 del Decreto Supremo N° 009-97-SA, actualizado por el Decreto Supremo Nº 0082022-SA.

¿Omar y qué sucede si la empresa no ha contratado el SCTR?

No cumplir con las obligaciones relativas al seguro complementario de trabajo de riesgo a favor de sus trabajadores, constituye una infracción grave en materia de seguridad y salud en el trabajo, y conlleva, a su vez, previo procedimiento administrativo sancionador, a la imposición de una multa, considerándose una infracción por cada trabajador afectado.

¿Qué actividades se consideran de alto Riesgo?

Las actividades que se consideran de alto riesgo se encuentran descritas en el Anexo 5 del Decreto Supremo N° 009-97-SA, que fue actualizado mediante el Decreto Supremo Nº 0082022-SA del 02 de Junio del 2022 .

En el siguiente enlace te dejo el Anexo 5 ACTUALIZADO:

¿Omar dónde puedo contratar este tipo de seguro?

Este tipo de seguro comprende las siguientes coberturas y las puedes contratar de la siguiente manera:

  • Cobertura de salud por trabajo de riesgo: Lo puedes contratar con el Essalud o cualquier EPS elegida.
  • Cobertura de invalidez y sepelio por trabajo de riesgo: Lo puedes contratar con la ONP o con empresas de seguros debidamente acreditadas.

CONCLUSIÓN

  • El SCTR es obligatorio para toda empresa considerada de alt riesgo según el Anexo 5 del Decreto Supremo N° 009-97-SA, que fue actualizado mediante el Decreto Supremo Nº 0082022-SA.
  • El no contratar el SCTR se considera como Infracción GRAVE en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo.

Espero que haya sido de mucha Utilidad el presente Post.

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Muy agradecido

CPCC Omar Jovany Panta Chero (wwww.elblogdelcontador.com)

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Omar Panta
Omar Pantahttps://elblogdelcontador.com
Contador Publico Colegiado - Emprendedor y Conferencista Hola! soy Omar Jovany Panta Chero, Contador Publico, egresado de la Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo …
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