sábado, diciembre 21, 2024

UIT 2017: S/4,050.00 – REPERCUSIÓN

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Hola buen día, el día de hoy se ha publicado el D.S 353-2016-EF, en el cual se ha aumentado el valor de la UIT de S/3,950.00  a  S/4,050.00 para el año 2017, este aumento en la UIT repercute de manera favorable en algunos casos y de manera desfavorable para otros casos.

Omar, ¿De qué manera favorable repercute?

Bueno, de manera general, te presentaré los casos que mas he visto y sé que repercutirá favorablemente. Por ejemplo:

1.- Mayor deducción para los generadores de Rentas de 4ta y 5ta.

Los generadores de Rentas del Trabajo, ya sea de manera independiente (4ta categoría) o dependiente (5ta categoría), o ambas (4ta y 5ta categoría a la vez), tienen por derecho a deducir de sus rentas 7 UITs, y para el año 2017, según D. Legislativo 1258, se podrá deducir 3 UITs adicionales sustentados en comprobantes de pago.

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El aumento de la UIT  significa en este caso, mayor deducción, por tanto menor pago de Impuesto. A manera practica te lo presento así:

2.- Aumento de la deducción del Impuesto de alcabala.

Como bien sabemos el Impuesto de Alcabala grava la transferencia de propiedad de los inmuebles urbanos o rústicos a título oneroso o gratuito, cualquiera sea su forma o modalidad, inclusive la venta con reserva de dominio.

Esta venta esta sujeta a una deducción de 10 UIT; es decir no está afecto al Impuesto de Alcabala, el tramo comprendido por las primeras 10 UIT del valor del inmueble. 

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Por tanto; el aumento de la UIT, significa mayor deducción y por tanto menor pago de Impuesto.

La repercusión lo veremos de la siguiente manera:

Bueno estos dos casos, son los que mas he visto en la practica; lógicamente que hay mas casos en donde la deducción o ciertos beneficios están en función a la UIT, generando menor pago de Impuestos.

¿En qué casos repercute de manera desfavorable?

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Como todos saben, esto repercutirá de manera desfavorable en las multas tributarias que aplique la SUNAT y que estén en función a la UIT.  La mas usada, en otras palabras la infracción mas conocida y que caen mayormente los contribuyentes, las mismas  que está en función a la UIT es la siguiente: 

A parte de estas Infracciones que te presento, también hay otras multas que están en función a la UIT. Pero muy a parte de ello; debemos también tener en cuenta, los limites y deducciones que otorga la ley para deducir ciertos gastos.

* Multas Laborales:

Par el caso de las Multas Laborales también afecta, teniendo en cuenta que estas, estan en funcion de la UIT.

 DE MANERA GENERAL:

  • A manera general, Podemos decir que debemos tener en cuenta que toda multa, deducciones u otros conceptos que estén en funcion a la UIT, repercutirá de manera favorable o desfavorable, segun sea el caso.

  • Adicional; debemos tener en cuenta los tramos para la obligacion de llevar Libros Contables, los cuales tendran un efecto con este aumento.

Espero te haya servido de mucha utilidad el presente post, siempre recordándote que los compartas con tus amigos y/o colegas en las redes sociales.

Que tengas un bendecido dia!!

Atentamente:

CPCC Omar Jovany Panta Chero

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Omar Panta
Omar Pantahttp://elblogdelcontador.com
Contador Publico Colegiado - Emprendedor y Conferencista Hola! soy Omar Jovany Panta Chero, Contador Publico, egresado de la Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo …
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