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RENTA ANUAL 2020 – Algunas precisiones

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Buen día con todos, en esta oportunidad te brindaré Algunas precisiones a tener en cuenta durante la elaboración de la RENTA ANUAL 2020 Empresas.

¿Omar quiénes están Obligados a Declarar la RENTA ANUAL 2020?

Como regla general, los que deben presentar la Declaración RENTA ANUAL 2020 son quienes hubieran estado en el 2020 en el Régimen General de Renta (RG) o en el Régimen Mype Tributario (RMT); adicionalmente debes tener en cuenta que.

  • Hubieran obtenido rentas o pérdidas de Tercera categoría.
  • hubieran realizado operaciones gravadas con el Impuesto a las Transacciones Financieras (ITF) por haber efectuado el pago de más del 15% de sus obligaciones sin utilizar dinero en efectivo o medios de pago

¿Y quiénes no estarían Obligados?

Siguiendo la regla General serían los que se encuentran en las demás Regímenes Tributarios:

  • Los que estuvieron en el Nuevo RUS
  • Los que estuvieron en el Régimen Especial de Renta.

¿Omar yo estuve hasta Noviembre en el NRUS y en Diciembre me pasé el Regimen Mype Tributario, estoy Obligado?

Claro que sí. Deberás presentar tu RENTA ANUAL 2020 por el periodo en el que estuviste en el RMT.

¿Omar qué pasa si no declaro mi RENTA ANUAL 2020 de mi empresa, porque no quiero pagar un Contador?

Relájate, no pasa nada. Solo tendrás que pagar una pequeña Multita de 1 UIT (4,400.00).

¿Pero en todo el año tuve movimiento de 1,000 soles nada mas?

Igual, debes declarar tu Renta Anual.

Omar ya Declaré mi Renta Anual de mi empresa ¿Cómo lo Pago?

La Administración Tributaria ha establecido diferentes modalidades ya sean virtual o presencial:

1.- Forma Virtual: De forma Virtual puedes pagarla de la siguiente manera:

– Cargo en cuenta de detracciones si tuvieras.

– Mediante Tarjeta de crédito o débito.

2.- Forma Presencial: Presencialmente en las ventanillas del Banco o Agentes.

– Utilizando Guías de Pagos Varios.

– Utilizando Número de Pago Sunat (NPS).

Para  todos los casos debes utilizar los siguientes datos:

  • Periodo: 13/2020
  • Código Tributo: 3081

¿Omar y es cierto que la Tasa anual es del 29.5%?

Depende.

  • Régimen General (RG): Si, su tasa anual es del 29.5%
  • Régimen Mype Tributario (RMT): Bajo la siguiente escala sobre su renta anual:

Hasta 15 UIT (64,500) = 10%

Exceso de 15 UIT  = 29.5%

¿Puedes ayudarme con mi Renta Anual 2020?

Por supuesto que si!

Cualquier duda, puedes dejarla en un comentario en este Post o si deseas que te presente Tu RENTA ANUAL 2020 puedes escribirme a mi whatsapp 968 145 213.

Espero haya sido claro en este post y que sea de mucha utilidad este tema; quedo muy agradecido con ustedes por su atención.

¡Ya saben!, si les pareció interesante esta información,  Califícala con tu Opinión, y ¡compártela con tus amigos y/o colegas en las redes sociales!.

Puedes copiar en tu blog o redes el contenido de este Post, siempre y cuando cites la fuente y el autor. El Blog del contador Peruano (www.elblogdelcontador.com).

¡Dios les bendiga!

CPC Omar Jovany Panta Chero

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Omar Panta
Omar Pantahttps://elblogdelcontador.com
Contador Publico Colegiado - Emprendedor y Conferencista Hola! soy Omar Jovany Panta Chero, Contador Publico, egresado de la Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo …
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