Hola buen día, el día de ayer se ha publicado el D.S 298-2018-EF, en el cual se ha aumentado el valor de la UIT de S/4,150.00 a S/4,200.00 para el año 2019, este aumento en la UIT 2019, repercute de manera favorable en algunos casos y de manera desfavorable para otros casos.
Omar, ¿De qué manera favorable repercute?
A manera general, te presentaré unos casos que más he visto en la práctica y que el impacto de la UIT será de manera favorable. Por ejemplo:
1.- Mayor deducción para los generadores de Rentas de 4ta y 5ta.
Los generadores de Rentas del Trabajo, ya sea de manera independiente (4ta categoría) o dependiente (5ta categoría), o ambas (4ta y 5ta categoría a la vez), tienen por derecho a deducir de sus rentas 7 UITs y de manera adicional y sustentado en comprobantes de pago; podrán deducir 3 UITs.
CONCEPTOS |
Deducción para el 2018 | Deducción para el 2019 | ||
UIT | Importe a deducir | UIT | Importe a deducir | |
7 UITs | 4,150.00 | 29,050.00 | 4,200.00 | 29,400.00 |
Deducción adicional 3UITs | 4,150.00 | 12,450.00 | 4,200.00 | 12,600.00 |
El aumento de la UIT significa en estos casos, mayor deducción; por tanto, menor pago de Impuesto.
2.- Aumento de la deducción del Impuesto de alcabala.
Como bien sabemos el Impuesto de Alcabala grava la transferencia de propiedad de los inmuebles urbanos o rústicos a título oneroso o gratuito, cualquiera sea su forma o modalidad, inclusive la venta con reserva de dominio.
Esta venta esta sujeta a una deducción de 10 UIT; por tanto su aumento, significará mayor deducción y consecuentemente un menor pago de Impuesto.
La repercusión lo veremos de la siguiente manera:
2018 | 2019 | |
DEDUCCIÓN 10 UITs | 41,500.00 | 42,000.00 |
¿En qué casos repercute de manera desfavorable?
Como todos saben, esto repercutirá de manera desfavorable en las multas tributarias que aplique la SUNAT y que estén en función a la UIT. Las sanciones más populares en las que caen los contribuyentes y que están en función a la UIT son las siguiente:
SANCIONES COMUNES | UIT | 2018 | 2019 |
No presentar las DDJJ Dentro de los plazos RG. | 1 UIT | 4,150.00 | 4,200.00 |
No presentar las DDJJ Dentro de los plazos RER. | 1/2 UIT | 2,075.00 | 2,100.00 |
Multa mínima | 5% UIT | 207.50 | 210.00 |
A manera general podemos decir que; el aumento de la UIT repercute de manera desfavorable para el contribuyente, al aumentar las sanciones que están en función a esta UIT.
* Multas Laborales:
Las multas laborales aumentarán, teniendo en cuenta que estas, están en función de la UIT.
* Unidad de Referencia Procesal
La Unidad de Referencia Procesal, que equivale al 10% de la UIT, se eleva de S/ 415.00 a S/ 420.00. Este índice de referencia es importante, para determinar la competencia de los juzgados de paz y de primera instancia en los procesos laborales, así como las tasas procesales.
El aumento de la UIT también repercute en la aplicación de tasas del ministerio de trabajo, Obligación de llevar Libros Contables y otros casos mas.
Muy agradecido con todos Ustedes, espero que este Post les haya sido de mucha utilidad. Ya sabes, si te pareció interesante este post, compártela con tus amigos y/o colegas en las redes sociales.
Muy agradecido
CPCC Omar Jovany Panta Chero
Asesor y Consultor de Empresas
Docente, Expositor y Capacitador en Temas Contable – Tributario
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