Buen día con todos, en esta oportunidad hablaremos sobre ¿Cómo acceder al subsidio del 35% de la Planilla? Establecido en el Decreto de Urgencia 033-2020 del 27.03.2020.
Base Legal:
- Decreto de Urgencia 033-2020
- Resolución de Superintendencia Nº 064-2020/SUNAT,
¿Omar ese Subsidio es para el Trabajador? ¿Aumentará mi sueldo en un 35%?
El Subsidio del 35% lo otorgará el Estado al empleador, por tanto; no constituye de ninguna forma un pago mayor en la remuneración del trabajador. Esto quiere decir que el Estado asumirá parte de la planilla del empleador con el fin de preservar el empleo, dándoles de alguna forma liquidez al empleador y pueda hacer frente al Pago de la Planilla.
¿Omar y qué debo tener en cuenta para el Cálculo del Subsidio del 35% de la Planilla?
Lo que debes tener en cuenta para el Cálculo de este subsidio es lo siguiente:
- El Subsidio se calculará en base a los trabajadores que están en la planilla de la empresa y declarados en la PLAME del periodo ENERO 2020, la cual debe haber sido presentada como máximo hasta el 29 DE FEBRERO DE 2020. Estos trabajadores deberán tener vigencia laboral hasta el 15 de Marzo, caso contrario, no percibirán subsidio por los trabajadores cesados antes.
- Existe un «umbral máximo», para que el empleador reciba el subsidio por cada trabajador, siendo este de 1,500.00 de su remuneración bruta.
¿Omar y si hago mal el cálculo?
Relájate, la misma norma ha establecido que será la SUNAT, la encargada de determinar este subsidio e informarle al Banco de la Nación para su depósito.
¿Entonces, no me preocupo por el cálculo?
Tampoco es así. Te recomiendo determinar el cálculo, a fin de que puedas reclamar en caso no estés conforme. Podríamos decir que fiscalizarás el trabajo hecho por SUNAT y si es necesario, tendrías que enmendarle la plana.
¿Y Cómo accedo al SUBSIDIO?
Para acceder al Subsidio deberás tener en cuenta lo siguiente:
1.- Dar de alta al CCI de tu empresa en SUNAT. Tienes un plazo de 7 días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación del D.U. 033-2020. (Plazo culmina el 07 de Abril).
2.- No debes estar comprendido en la Ley N° 30737, Es decir, no debes tener: Condena con sentencia firme, en el Perú o en el extranjero por la comisión de delitos contra la administración pública, lavado de activos o delitos conexos; o equivalentes cometidos en otros países, en agravio del Estado peruano, entre otros.
3.- No debes haber tenido deudas tributarias exigibles coactivamente mayores a 5 UIT al 31 DE DICIEMBRE DE 2019.
4.- No debes encontrarte en proceso concursal.
Espero te pueda ayudar el presente artículo, lo escribí pensando en las diferentes consultas que me vienen haciendo y he tratado ser lo más claro posible.
Si tuvieras alguna duda o deseas alguna asesoría, puedes contactarte conmigo a mi whatsapp 968 145 213, estaré atento a ayudarte.
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Muy agradecido!
una consulta…………..si mi empresa no tiene CCI…….que hago
Te recomiendo abrir una cuenta On line mas que sea, o acercarte al Banco y aperturar una; a fin de que comuniques. Tienes hasta el 07 de Abril para informar tu CCI. Caso contrario, si no lo informas, PERDERÁS EL SUBSIDIO.
Si en mi empresa tengo 19 tengo trabajadores y todos ganan mas de 1500… ¿Me corresponde el subsidio del 25%?
Estimado. La norma es un poco confusa en su redacción. Hay dos opiniones de expertos. unos te dirían que si te corresponde, pero solo por el tope de S/1,500.00 por cada trabajador y Otros te dirían que no te corresponde por que tus trabajadores superan el umbral. Nuestra posición es la segunda, que no te correspondería. Pero te recomiendo colocar tu CCI, SUNAT será la encargada de evaluar si te corresponde o no.
El cálculo se basa en la planilla de enero pero y si tengo más trabajadores activos en marzo que los que envié en enero y también cumplen los requisitos indicados cómo sería con ellos ?
La norma es clara. Trabajadores que figuran en la planilla de Enero 2020 y que mantengan su relación laboral hasta el 15 de marzo. Además dicha planilla debe haberse enviado por lo menos hasta el 29 de febrero. En tu caso, no entrarian al calculo los demás trabajadores.
Cómo puedo saber si mi empleador ha recibido esa ayuda del gobierno?
No hay manera. El unico que lo puede verificar es tu empleador, verificando su cuenta informada.
Una consulta si mi empleador recibió el subsidio y nosotros solo trabajamos hasta el 16 de marzo pero nos pagó Hasta 31 de marzo, al liquidarnoz nos descontó el monto de las segunda quincena que no se trabajo esta en lo correcto y en queda el subsidio que le dieron con eso cubre parte de nuestro sueldo. No tendría que descontar la diferencia
Es correcto lo que mencionas..
CONSULTA OMAR COMO REALIZO MI ASIENTO CONTABLE POR LA TRANSFERENCIA GRATUITA DE UN CAMION EN LA NOTARIA SU VALOR ES DE s/340000.00
A pesar que la Transferencia es gratuita, debes registrar la baja del activo en libros. Así como deberás reconocer el Pago del Impuesto respectivo.
Omar consulta,el NUMERO DE CCI tiene que figurar de la empresa o puedo poner de cualquier otra persona para que hagan el depósito,ahora como se que ya han depositado o cuando es la fecha del deposito. Gracias
Estimado buen dia. La norma no especifica, pero se sobre entiende que debe ser un CCI de la empresa. Te recomiendo que informes uno de la emrpesa a fin de que no tengas problemas. La fecha es incierta aunque el ultimo DS señala 11 días!
Hola Omar, gracias por tu artículo, ha sido de mucha ayuda. Quisiera consultarte lo siguiente, ahora que existe un nuevo plazo para registrar el CCI (13 de abril), los empleadores que realizaron el registro del CCI antes del 7 de Abril ya podrían ver el deposito del subsidio en su cuenta o deberán esperar los 11 días que dispone el DS a partir del nuevo último día de inscripción para revisar si han realizado el deposito. Saludos
Buen día. Eso está en incertidumbre, algunos de mis clientes ya les salió y a otros no, sin embargo a todos se les informó el CCI en la misma fecha.
Y a donde se debe reclamar si no han hecho aun el deposito a la cta cte de la empresa¿
Quien debe darte una explicacion??
a SUNAT
Si no registre mi CCI ni el 7, ni el 13 de abril hay otra oportunidad para hacerlo??
Ya no hay oportunidad. Salvo que el gobierno disponga otras medidas.
consulta que asiento debe generar para ingresar el subsidio del 35%?
El asiento contable sería 10/75
Hola Omar, como podría saber el detalle de lo recibido por la SUNAT y por ultimo como seria el registro contable? Gracias de antemano. Un abrazo
Creo que hasta la fecha no se ha estipulado que SUNAT brinde un detalle, por ello es recomendable hacer nuestros cálculos y si no coinciden, posteriormente poder presentar algun reclamo. El asiento contable sería 10/75
hola amigo buenos dias quisiera saber si ya depositaron ala empresa donde laboro porque asta la fecha no de manifiestan.
Es dificil para mi o para alguna persona saber si ya le depositaron a la empresa donde laboras.. Eso lo tendría que ver quien tenga acceso a la cuenta de la empresa. Lo que si te puedo decir que a la mayoria de mis clientes que informaron cuenta BCP para el depósito, ya les abonaron.
Buena tarde quisiera consultar respecto a este subsidio ya que el abono que realizaron a mi cta. fue solamente para 3 trabajadores y en mi planilla cuento con 23 trabajadores el cual si cumplen con los requisitos estipulados en este decreto. Donde podría presentar mi reclamo?
No se ha establecido en la norma algún tipo de mecanismo de reclamo.. Pero si hubiera alguno, deberás ceñirte a los dispuesto en la Ley del Procedimiento General 27444 pasado el aislamiento social.
Buenas tardes, trabajo en una microempresa, ella no me ha pagado marzo, no me ha pagado abril, pero se acogio al subsidio del 35%, ahora quiere que le firme una constancia de pago de los 35% atorgado por el gobierno, y dice que es pago recuperable de 8 dias y medio, y aparte me hace firmar un convenio de licencia sin goce de haber del 14/04 al 30/04/2020. por favor su apoyo. gracias
Buen día. El mes de marzo, corresponde pago completo, debido a que tienes 15 dias de labor efectiva y 15 días con licencia CON GOCE de haber autorizada por Decreto de Urgencia. Para el mes de Abril, se tiene aun la Licencia con GOCE DE HABER por los primeros 15 días. Pasado la quincena, la empresa si podrá solicitar SUSPENSIÓN PERFECTA DE LABORES, en cuyo caso te correspondería solicitar el subsidio de Essalud de 760.00 mientras dure la suspensión perfecta de labores. El subsidio del 35% es para la empresa a fin de que pueda hacer frente al pago de la planilla…
Buenos días la institución donde estoy solo le depositaron por un trabajador y tenemos 2 que ganan menos de 1500 claro la otra trabajadora en Enero salió de permiso por maternidad, será por eso que no salió el subsidio? Y última pregunta este subsidio por cuántos meses es ? O es pago único gracias por su respuesta
Efectivamente fué por ello. Por ahora solo se otorgó una unica vez. Se habló de un segundo subsidio, pero hasta la fecha no hay norma legal.
Hola omar buenas tardes, mi empresa se inscribió apenas comenzo esto, pero a la fecha no hemos recibido nada… a que puede deberse ello??? agradecería tus comentarios
A varios les ha sucedido, recomiendo verificar bien los requisitos.
Hola Omar, inscribí mi CCI el 02/04, pero salió que estaba incorrecto mi DOI y mi CCI, mi pregunta es si puedo inscribirme nuevamente?
Tambien mi jefe dijo como es una empresa q gana por ventas nos pago solo la mitad del sueldo el dia 16 de marzo , en el mes de abril ya no nos apoyo con nada y solo nos dijo q esperemos su llamada para entrar a laborar.
Buenos días…tengo un par de dudas que pasa con los trabajadores que ingresaron a planilla en febrero no reciben el bono??? Y la otra es, en la primera quincena de abril es con goce de haber pero si el trabajador no labora… Recibe igual la paga con condiciones del empleador ??….. Gracias
El susbsidio no es para el trabajador y se hace con el fin de que tenga liquidez y pague la totalidad de la planilla… La primera quincena de abril es con goce de haber y si la empresa no entró a suspensión perfecta de labores, tendrían que pagarte la totalidad.
Muy buena página, felicitaciones.
Buen dia,ya estamos 24 de Abril y al constatar nuestra cuenta bancaria,notamos que aun no nos han depositado ,es posible que demore tanto,que debo hacer…gracias anticipadas
En algunos casos ha demorado y entros fupe mas rápido.
por error consigne la cuenta de mi otra empresa, y el subsidio lo depositaron a esa cuenta ¿he cometido algun delito o infracción?
Lo unico que tiene que demostrar a futuro es qué hizo con el subsidio que le abonaron.
A QUIEN LE PREGUNTO PORQUE NO ME HAN ABONADO EL SUBSIDIO 35%
Si eres empleador. a SUNAT.
YO TRABAJO EN UNA EMPRESA TERCERIZADORA aplica el subsidio del 35% y la SUSPENCION PERFECTA.
El subsidio SI. la suspensión perfecta depende de muchos factores como la masa salarial, las ventas y su actividad y nivel de afectación economica.
Una consulta. Tengo 8 trabajadores en la plame de enero 2020. Ya registre el CCI. Ya me depositaron pero solo de 1 trabajador. Ahora no sé porque depositaron de un trabajador y no de todos. Teniendo en cuenta que el sueldo de todos no superan los 1200 soles por cada uno de ellos. La empresa es microempresa ante el ministerio de trabajo. Que hago. Qué pasos a seguir por este problema. Donde recurrir. Gracias por la orientación.
El DU que dió origen al subsidio no ha establecido alguna opción de reclamo; sin emabrgo puedes hacerlo en la via administrativa si consideras que te correspindía. Y efectivamente se hace ante Sunat; justamente ha umplementado su mesa virtual recientemente, quizá puedas hacerlo por ese medio.
Buenas tardes Omar, una consulta, el RECLAMO en caso de no haber recibido subsidio pese a cumplir con los requisitos, se tendría que interponer ante SUNAT? pues ellos han sido los encargados de determinar el cálculo, saludos
El DU que dió origen al subsidio no ha establecido alguna opción de reclamo; sin emabrgo puedes hacerlo en la via administrativa si consideras que te correspindía. Y efectivamente se hace ante Sunat; justamente ha umplementado su mesa virtual recientemente, quizá puedas hacerlo por ese medio.
Buenas tardes, gracias por la información detallada, es de gran ayuda.
Igualmente agradeceré el apoyo en lo siguiente;
Se hizo el registro del Cci el 28 de Marzo, a la fecha no efectuaron el abono a la cuenta, la empresa cumome con los requisitos. Hice la consulta a Sunat, me respondieron que debía consultar al MEF.
Quisiera saber cual es el procedimiento para hacer el reclamo.
Gracias por su respuesta
El DU que dió origen al subsidio no ha establecido alguna opción de reclamo; sin emabrgo puedes hacerlo en la via administrativa si consideras que te correspindía. Sunat ha umplementado su mesa virtual recientemente, quizá puedas hacerlo por ese medio.
Buenas noches Omar
El 28 de Marzo se registró el Cci, a la fecha no han efectuado el depósito a la cuenta, la empresa cumple con todos los requisitos.
Hice la consulta a Sunat, me respondieron que ellos solo cumplían con el registro y que debía preguntar al Mef.
Por favor quisiera saber cual es el procedimiento para el reclamo.
Gracias anticipadas por la respuesta.
El DU que dió origen al subsidio no ha establecido alguna opción de reclamo; sin emabrgo puedes hacerlo en la via administrativa si consideras que te correspindía. Sunat ha umplementado su mesa virtual recientemente, quizá puedas hacerlo por ese medio.
Buenas tardes como o donde averiguar el por que aun no se realizo el deposito del subsidio la cta es de BBVA
revisando tu estado de cuenta
Buenas tardes, quiza sepa si ya hicieron el deposito en el bbva, lo que pasa esque aun no me hicieron el deposito a mi cuenta, y otra consulta si solo tengo un trabajador y el trabajador es el representante legal de la empresa me corresponde recibir el subsidio?, por favor si me podria ayudar, gracias
Si eres el dueño de la empresa, no te depositaran por ti.
Hola Omar: 1). La empresa donde laboro nos pagó el mes de marzo los días trabajados (estamos en planilla, pero tenemos contrato a tiempo parcial, sin vacaciones ni beneficios). 2) La empresa se acogió a la suspensión perfecta y no nos va a pagar las horas trabajadas de manera virtual en abril y, 3) Ha solicitado el subsidio del 35% pero nos dice que el subsidio es para la empresa y no para los trabajadores. ¿Eso es correcto?¿Dónde se puede hacer el reclamo?. Gracias por la atención.
La empresa está obligada a cancelar las remuneraciones en tanto no se encuentre en suspensión perfecta de labores. Si ya se acogió (que debió ser a mitad de abril que salió el DU 038-2020), debe cancelar las remuneraciones de marzo (completo) y mitad de abril. Es cierto que el subsidio es para el empleador, pero se le otorgó para que pague las remuneraciones, no para que se lo quede.
hasta el dia de hoy no han efectuado el deposito del subsidio que le di a la sunat el dia 06/.04/2020 que debo de hacer
El DU que dió origen al otorgamiento del subsidio no ha establecido algun procedimiento de reclamo. Sin embargo quizá pueda reclamarlo en la via administrativa y como SUNAT ya implementó su mesa de partes VIRTUAL, puede presentarlo en esta via.
Hola Omar, quisiera saber cómo una micro empresa dedicada a la venta de ropa puede solicitar SUSPENSIÓN PERFECTA DE LABORES para sus trabajadores para que ellos puedan acceder al subsidio de 760.
El procedimiento es fácil. Para ello se necesita información relevante respecto a tus ventas de abril 2019 y 2020, así como la masa salarial de abril 2019 y 2020 y logicamente el detalle de la planilla… Cualquier servicio nos puedes contactar 968 145 213. Saludos
Buenas noches. Mi estimado mi consulta es la siguiente mi empleador solo a depositado s/165 soles de subsidio , nos informaron que a sigo generado a base a los 15 primeros días de cuarentena, que medidas debería tomar para que nos paguen lo justo
Reclamar en sunafil si ya agotó todas las vias con su empleador.
Doctor buenas noches consulta trabajo para una empresa Remype no cuento con cts ni gratificaciones la consulta es que el mes de abril no me cancelaron una quincena pero me pidieron mi cci tampoco me abonaron mi afp ahora me salieron que no le tocó el subsidio de 35% que el estado esta reconociendo…ganó menos de 1500 soles me corresponde mi afp o el subsidio ya que fin de mes de abril no recibí nada de sueldo….gracias por su atencion
Si la empresa no se encuentra en suspensión perfecta de labores, deberían haberte cancelado tu remuneracion de Abril, ya sea como una licencia con goce de haber o adelanto de vacaciones. Con respecto a la AFP, considero que si puedes retirar, teniendo en cuenta el cronograma que han establecido las AFP. Además, si la empresa va entrar en suspensión perfecta, podrás solicitar el bono de 760.00 al essalud.
Buenas noches, registre mi cci pero hasta el mome to no tengo el deposito respectivo. La cuenta que registre es del scotiabank como saber si ya esta mi deposito.
Tendría que ver si cumplió con los requisitos, revisar tambien si informó de manera correcta el CCI, entre otras cosas.. El DU que dió origen al otorgamiento del subsidio no ha establecido algun procedimiento de reclamo. Sin embargo quizá pueda reclamarlo en la via administrativa y como SUNAT ya implementó su mesa de partes VIRTUAL, puede presentarlo en esta via.
OMAR PRESENTE LA SOLICITUD EN LAS FECHAS DADAS POR EL GOBIERNO PERO HASTA EL 30 DE ABRIL NO ABONARON, SER LLAMO A SUNAT Y ME DIJERON QUE PRESENTE UN RECLAMO SE PRESENTO EL RECLAMO Y LA RESPUESTA FUE DE QUE ENVIARON EL CCI AL BN PARA EL ABONO RESPECTIVO PERO NUNCA LO HICIERON. ¿ QUE DEBO HACER AHORA?
la pregunta es con respecto al subsidio del 35% de las planillas.
Omar buenas noches se presento la solicitud para el subsidio del 35% de las planillas EN LAS FECHAS DADAS POR EL GOBIERNO PERO HASTA EL 30 DE ABRIL NO ABONARON, SER LLAMO A SUNAT Y ME DIJERON QUE PRESENTE UN RECLAMO SE PRESENTO EL RECLAMO Y LA RESPUESTA FUE DE QUE ENVIARON EL CCI AL BN PARA EL ABONO RESPECTIVO PERO NUNCA LO HICIERON. ¿ QUE DEBO HACER AHORA?
El DU que dió origen al otorgamiento del subsidio no ha establecido algun procedimiento de reclamo. Sin embargo quizá pueda reclamarlo en la via administrativa y como SUNAT ya implementó su mesa de partes, puede presentarlo en esta via.
si en el transcurso entre registrar el cci y el deposito del subsidio, se cancela la cuenta cte por falta de movimiento que sucederia. (porque los bancos te sacan el mantenimiento y si no tienes saldo te cancelan la cuenta)
Es cuestion que se comunique con la entidad bancaria mi estimado.
A MI EMPRESA NO LE DEPOSITAN A LA FECHA EL SUBSIDIO DEL 35% Y TENGO 3 TRABAJADORES CON MENOS DE S/. 1,500.00 DE REMUNERACIÓN, ¿PODRÍAS INDICARME COMO RECLAMO O PEDIR ORIENTACIÓN YA QUE EN SUNAT ME DICEN QUE ES EL MEF?
El DU que dió origen al otorgamiento del subsidio no ha establecido algun procedimiento de reclamo. Los problemas por que no recibieron el subsidio varias personas que me han llamado es por motivos que no informaron bien el CCI, ya sea por error o por que lo informaron en la casilla distinta; Sin embargo, si considera que debió percibirlo, quizá pueda reclamarlo en la via administrativa.
Buenas tardes, una consulta, el subsidio de 35% para los trabajadores cuántas veces va a depositar el estado a las empresas.
Hasta la fecha 1 vez. Se habló de un segundo subsidio en mayo, pero hasta la fecha no hay norma que lo establezca. Saludos
Saludos, tengo una duda, el deposito del sueldo de abril que incluye el 35% del subsidio necesariamente tiene que hacerce en una cuenta sueldo del trabajador o puede ser tambien en una cuenta de ahorros personal, mi empresa es MYPE y solo tengo 2 trabajadores.
Si ya percibió el subsidio su empresa, debe utilizarlo para el pago de la Planilla, la forma o modalidad cómo lo realice es indistinta.
si mi empresa ya cobro el subsidio correspondiente a la fase inicial y este no deposita hay sancion.Esto se prolongo en abril y mayo tambien depositaran subsidio hasta el momento no percibimos nada.
Entiendo que tu pregunta va por que no te han abonado tus remuneraciones. La norma obliga al empleador a otorgar licencia con goce de haber la 2da quincena de marzo y la 1ra quincena de abril. Pasado esto, el empleador debe optar por otorgarte adelanto de vacaciones o adelanto de gratificacion. Una vez agotado todo ello, podrá acogerse a la suspension perfecta de labores, para lo cual, si es microempresa, podras obtener el subsidio del essalud de 760.00 soles. Si no eres microempresa, podrás retirar tus CTS y tu AFP.
Hola tengo una consulta. Trabajo en un restaurante y la empresa recibió el 35 % del subsidio. Ellos me pagaron el mes de marzo completo aunque no se hayan trabajado 15 días. Mi pregunta es ¿Estos 15 días no trabajados que me han pagado deben ser recuperables? Gracias
Efectivamente que si. Así lo establece la norma. Se otorgaba como licencia con goce de haber compensables con horas futuras pasada la emergencia.
Hola Omar, tengo una micro empresa dedicada a la venta de ropa, cuento con 2 trabajadores, pago el SIS y declaro el plame todos los meses, ademas me incribi a la SUNAT para acceder al subsidio del 35% de la planilla.¿ Queria saber si me correspondia recibir el subsidio ya que hasta el dia de hoy no realizan el deposito a mi cuenta?
Segun el articulo 15°, numeral 15.2 del DU 033-2020; es posible que por aportar al SIS no te hayan considerado como beneficiario del subsidio. En todo caso, debes mirar si cumples con todos los requisitos adicionales..
Consulta segun la norma indicaron que se subsidiaria el 35% segun planilla de enero y febrero , seran 2 abonos o solo uno.
En base a la planilal de enro. La norma no menciona a la de febrero…
Una consulta omar porfavor si la empresa en la que trabajo es mype y solo ha pagado a sus trabajadores hasta quincena de marzo que son los dias q hemos trabajado hasta antes de la cuarentena se puede reclamar el sueldo completo de los 15 días no trabajados por la cuarentena? Que acciones tomar si la empresa no da respuesta ni solución a los trabajadores y solo pide la renuncia de los mismo algúna sugerencia porfavor? Soy trabajadora sin contrato es decir estable y me piden renunciar a mi trabajo dada la situación y solo me han pagado los días q trabaje que respaldo puedo tener para conservar mi empleo si no quiero renunciar? Que puedo esperar de la empresa? Si esta no quiere dar otra solución porfavor?
Hola. Es correcto que la empresa debe pagar el sueldo completo, debido a que la norma menciona que debe otorgarlo como una licencia con goce de haber; quedando el trabajador obligado a devolver con horas de trabajo adicional pasada la cuarentena… Como medida en primer lugar es conciliar con la empresa, si esta pide la renuncia, amerita una queja en la sunafil, la misma que la puedes hacer de manera virtual desde su pagina en la casdilla virtual.
este subsidio de 5 por ciento es por un mes o 3 meses
Es del 35%. Actualmente se ha dado por un mes. Aun no hay norma que establezca el otorgamiento por otro mes.
Buenas tardes Omar. Si un trabajador estuvo de vacaciones todo marzo (fueron programadas y pagadas en febrero), el Estado decretó la cuarentena la 2da quincena de marzo ¿qué sucede con esos 15 días?, por otro lado, el subsidio del 35% que la empresa solicitó ¿rige para el mes de abril? Entonces le corresponde a este trabajador que estuvo de vacaciones en marzo, cobrar aquel subsidio?, la empresa solicitó la suspensión perfecta de labores y por ello le adelantó a este trabajador su gratificación. Agradezco pueda ayudarme.
Te respondí al Interno!
Buenas mi consulta es q mi empresa me ha dado mi renuncia por un tema de q aparezco afiliado a la afp integra.algo q recien me entero ya q eso fue hace 25 años.solo aparece registrado y no hay ningun aporte el tema es q yo he quedado fuera de planilla en la declaracion de marzo por este problema.lo cual me preocupa mucho puesto q no puedo inscribirme en ningun subsidio y tambien temo q pierda mi atencion essalud pues soy un paciente cronico y me dicen q ese es mi problema y q yo tengo q solucionarlo.todos estos años he estado aportando a la onp sin problemas y quiero seguir alli todavia me 15 faltan años para jubilacion. favor q pasos debo seguir.gracias por su respuesta
Entiendo su malestar. Tendría que solicitar todos sus aportes de la ONP y pasarlos a la afp..
buenas tardes, una consulta sobre el sudsidio del 35% para el mes de mayo, que paso hay que seguir para que abonen a la cuenta de la empresa??
Aun no sale norma legal sobre ello!