¿A QUIÉNES ESTÁ ORIENTADO EL RÉGIMEN MYPE TRIBUTARIO?
Este régimen tributario está orientado para las Medianas y Pequeñas Empresas, las que puede ser:
• Personas Naturales.
• Personas Jurídicas.
• Sucesiones indivisas.
• Sociedades conyugales.
Y pueden permanecer en este régimen siempre que no superen las 1700 UIT de Ingresos Netos en el año.
En este régimen se pueden emitir cualquier tipo de comprobante de pago.
¿QUIÉNES NO ESTÁN COMPRENDIDOS EN EL RÉGIMEN MYPE TRIBUTARIO?
No están comprendidos en el RMT los que incurran en cualquiera de los siguientes supuestos:
* Haya superado las 1700 UIT en el año anterior.
* Tengan vinculación directa o indirecta con otras empresas cuyos ingresos netos anuales en conjunto superan las 1700 UIT.
* Sean sucursales, agencias o cualquier otro establecimiento permanente en el país de empresas constituidas en el exterior.
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