R.S. 064-2020/SUNAT archivos - El Blog del Contador Peruano https://elblogdelcontador.com/tag/r-s-064-2020-sunat/ El Blog del Contador Peruano, nace para ayudar y/o aportar a los diferentes estudiantes y profesionales de la carrera Contable, aprenderémos mucho mediante las experiencias que impartan y los posibles casos que podamos resolver por medio de sus consultas. Tue, 31 Mar 2020 09:26:06 +0000 es hourly 1 https://wordpress.org/?v=6.5.5 ¿Cómo acceder al subsidio del 35% de la Planilla? https://elblogdelcontador.com/como-acceder-al-subsidio-del-35-de-la-planilla/ https://elblogdelcontador.com/como-acceder-al-subsidio-del-35-de-la-planilla/#comments Tue, 31 Mar 2020 09:26:04 +0000 https://elblogdelcontador.com/?p=3228 Buen día con todos, en esta oportunidad hablaremos sobre ¿Cómo acceder al subsidio del 35% de la Planilla? Establecido en el Decreto de Urgencia 033-2020 del 27.03.2020. Base Legal: Decreto de Urgencia 033-2020 Resolución de Superintendencia Nº 064-2020/SUNAT, ¿Omar ese Subsidio es para el Trabajador? ¿Aumentará mi sueldo en un 35%? El Subsidio del 35% […]

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Buen día con todos, en esta oportunidad hablaremos sobre ¿Cómo acceder al subsidio del 35% de la Planilla? Establecido en el Decreto de Urgencia 033-2020 del 27.03.2020.

Base Legal:

  • Decreto de Urgencia 033-2020
  • Resolución de Superintendencia Nº 064-2020/SUNAT,

¿Omar ese Subsidio es para el Trabajador? ¿Aumentará mi sueldo en un 35%?

El Subsidio del 35% lo otorgará el Estado al empleador, por tanto; no constituye de ninguna forma un pago mayor en la remuneración del trabajador. Esto quiere decir que el Estado asumirá parte de la planilla del empleador con el fin de preservar el empleo, dándoles de alguna forma liquidez al empleador y pueda hacer frente al Pago de la Planilla.

¿Omar y qué debo tener en cuenta para el Cálculo del Subsidio del 35% de la Planilla?

Lo que debes tener en cuenta para el Cálculo de este subsidio es lo siguiente:

  • El Subsidio se calculará en base a los trabajadores que están en la planilla de la empresa y declarados en la PLAME del periodo ENERO 2020, la cual debe haber sido presentada como máximo hasta el 29 DE FEBRERO DE 2020. Estos trabajadores deberán tener vigencia laboral hasta el 15 de Marzo, caso contrario, no percibirán subsidio por los trabajadores cesados antes.
  • Existe un «umbral máximo», para que el empleador reciba el subsidio por cada trabajador, siendo este de 1,500.00 de su remuneración bruta.

¿Omar y si hago mal el cálculo?

Relájate, la misma norma ha establecido que será la SUNAT, la encargada de determinar este subsidio e informarle al Banco de la Nación para su depósito.

¿Entonces, no me preocupo por el cálculo?

Tampoco es así. Te recomiendo determinar el cálculo, a fin de que puedas reclamar en caso no estés conforme. Podríamos decir que fiscalizarás el trabajo hecho por SUNAT y si es necesario, tendrías que enmendarle la plana.

¿Y Cómo accedo al SUBSIDIO?

Para acceder al Subsidio deberás tener en cuenta lo siguiente:

1.- Dar de alta al CCI de tu empresa en SUNAT. Tienes un plazo de 7 días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación del D.U. 033-2020. (Plazo culmina el 07 de Abril).

2.- No debes estar comprendido en la Ley N° 30737, Es decir, no debes tener: Condena con sentencia firme, en el Perú o en el extranjero por la comisión de delitos contra la administración pública, lavado de activos o delitos conexos; o equivalentes cometidos en otros países, en agravio del Estado peruano, entre otros.

3.- No debes haber tenido deudas tributarias exigibles coactivamente mayores a 5 UIT al 31 DE DICIEMBRE DE 2019.

4.- No debes encontrarte en proceso concursal.

Espero te pueda ayudar el presente artículo, lo escribí pensando en las diferentes consultas que me vienen haciendo y he tratado ser lo más claro posible.

Si tuvieras alguna duda o deseas alguna asesoría, puedes contactarte conmigo a mi whatsapp 968 145 213, estaré atento a ayudarte.

Permíteme invitarte a nuestro Curso Virtual sobre ¿Cómo determinar la Materialidad en Auditoría Financiera? Un tema muy ilustrativo y que sirve no sólo a los Auditores, sino también a los contadores que se encargan de hacer los registros contables en una empresa.

Finalmente, te pido puedas compartir esta publicación con todos los amigos y/o colegas en las diferentes redes sociales. Si deseas puedes copiar en tu muro esta información, siempre mencionando al autor y la fuente.

Muy agradecido!

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