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]]>Para empezar, recordemos que los costos indirectos de Fabricación pueden ser fijos o variables y para ello revisamos la definición, que señala la NIC 2 en el párrafo 12:
Costos indirectos de Fabricación fijos son aquellos que, “permanecen relativamente constantes, con independencia del volumen de producción” como la depreciación y mantenimiento de los edificios y equipos de la fábrica.
Ahora bien, en cuanto a los requerimientos de esta norma, las entidades deben realizar una distribución sistemática de los CIF (fijos o variables) en los que haya incurrido para transformar las materias primas en productos terminados.
Costos indirectos de Fabricación Variables son aquellos que “varían directamente con el volumen de producción obtenida”, tales como los materiales y la mano de obra indirecta.
En el caso de los CIF FIJOS, éstos deben distribuirse sobre la base de su capacidad normal o sobre la de el nivel real de producción, siempre que ésta se aproxime a la capacidad normal; y los CIF VARIABLES, deberán distribuirse sobre la base del nivel real de producción.
Pues bien, la norma, en su párrafo 13, señala que: “Capacidad normal es la producción que se espera conseguir en circunstancias normales, considerando el promedio de varios periodos o temporadas, y teniendo en cuenta la pérdida de capacidad que resulta de las operaciones previstas de mantenimiento”.
Y con respecto a la capacidad real de producción, podemos decir que es lo que la empresa produjo realmente en un determinado período.
Queremos hallar el la capacidad normal y el nivel real de producción de una empresa, para ello tenemos los siguientes datos:
Niveles de producción de los últimos 5 años
Año 1 | Año 2 | Año 3 | Año 4 | Año 5 |
30,000 | 28,500 | 31,000 | 29,000 | 29,500 |
Para ello debemos considerar el promedio de los niveles de producción de los diferentes periodos, obteniendo como resultado: 29,600 unidades
(*) Y si queremos saber el capacidad real de producción, debemos fijarnos en lo que se ha producido en un determinado año, así tenemos, por ejemplo, que la capacidad real del año 3, será de 31,000 unidades.
Hasta este punto, ya sabemos que los costos indirectos de Fabricación FIJOS, se distribuirán sobre la capacidad normal de producción o capacidad real, (siempre y cuando esta se aproxime a su capacidad normal) pero qué es lo que sucede si la capacidad real, se encuentra por debajo de la capacidad normal. Al respecto, la NIC 2, en su párrafo 13, señala lo siguiente:
“El importe del costo indirecto fijo distribuido a cada unidad de producción no se incrementará como consecuencia de un nivel bajo de producción, ni por la existencia de capacidad ociosa”.
Es decir, si alguna empresa presenta un nivel bajo de producción, sus costos indirectos fijos no deberían incrementar y para poder distribuirlos a cada producto, se trabajará con la tasa que se obtiene al utilizar la capacidad normal, y en caso de que haber diferencia, la norma señala que ésta tendría que ser reconocida como gasto del periodo.
La empresa “Viña Alegre” presenta los siguientes datos:
Evaluemos la tasa de distribución de los CIF, para hallarla, debemos dividir el total de CIF FIJOS/NIVEL DE PX en cada caso, obteniendo los siguientes resultados.
CIF | Nivel Px | Tasa | |
Cap. Normal | 150,000 | 300 | 500.00 |
Cap. Real | 150,000 | 200 | 750.00 |
Podemos apreciar, en este caso, que la capacidad real se encuentra por debajo de la capacidad normal, por lo que la tasa incrementa; y según los requerimientos de la norma, la entidad deberá distribuir los Costos indirectos fijos basándose en la tasa que se obtuvo teniendo en cuenta la capacidad normal de producción, siendo la diferencia reconocida como gasto del periodo.
CIF | Nivel Px | Tasa | Distribución | Diferencia | |
Cap. Normal | 150,000 | 200 | 500 | 100,000 | 50,000 |
(*) Para la distribución debemos multiplicar la tasa por el nivel de producción.
El tratamiento contable sería el siguiente.
Ahora, veremos que sucede si la capacidad real, se encuentra por encima de la capacidad normal. Al respecto, la NIC 2, en su párrafo 13, señala lo siguiente:
“En periodos de producción anormalmente alta, el importe de costo indirecto distribuido a cada unidad de producción se disminuirá, de manera que no se valoren los inventarios por encima del costo.”.
En este caso, si la producción hubiera sobrepasado los niveles normales de producción, la distribución de los costos indirectos tendrá que realizarse sobre la capacidad real, para no sobrevalorar nuestro costo.
Siguiendo con el ejemplo anterior, ahora tenemos los siguientes datos:
Evaluemos la tasa de distribución de los CIF:
CIF | Nivel Px | Tasa | |
Cap. Normal | 150,000 | 300 | 500.00 |
Cap. Real | 150,000 | 335 | 447.76 |
Podemos apreciar, en este caso, que la capacidad real se encuentra por encima de la capacidad normal, por lo que, al producir más, nuestros costos disminuirían, y no tendría sentido utilizar una tasa de distribución alta, ya que de esta manera estaríamos sobrevalorando nuestros costos. Entonces, la norma señala que cuando la producción sobrepase los niveles normales de producción, el costo deberá ser distribuido sobre su capacidad real.
CIF | Nivel Px | Tasa | Distribución | Diferencia | |
Cap. Normal | 150,000 | 335 | 447.76 | 150,000 | 0.00 |
El tratamiento contable sería el siguiente.
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Atte:
Especialista Contable del Blog del Contador
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]]>La entrada Mercadería al Valor Razonable se publicó primero en El Blog del Contador Peruano.
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Según el párrafo 9 de la NIIF 13 – «Medición del Valor razonable» es:
«Es el precio que sería recibido por vender un activo o pagado por transferir un pasivo en una transacción ordenada entre participantes del mercado en la fecha de la medición».
Adicionalmente esta NIIF menciona que «El valor razonable es una medición basada en el mercado, no una medición específica de la entidad».
Si bien es cierto; el párrafo 9 de la NIC 2 «Inventarios», describe 2 formas de medir las existencias: «Al costo o al valor neto realizable, según cual sea menor».
En su Párrafo 5, establece una excepción a dicha regla; describiendo que las existencias que se cotizan por cuenta propia o de terceros en un mercado activo; se medirán a su Valor Razonable, el mismo que dispone el mercado.
Efectivamente. Así es.
Los cambios que resulten como consecuencia de aplicar el Valor razonable, serán reconocidos (Como Ingreso o Gasto) en el ejercicio económico en el que se produjo el cambio (Párrafo 3 de la NIC 2). En otras palabras podemos decir que, estas diferencias lo reconoces como Ingreso o Gasto según corresponda en el ejercicio.
Ahora, te pasaré a explicar esto con un Caso Práctico; a fin de que se haga un poco mas entendido el tema.
La Empresa exportadora de Petróleo «Petróleos del Perú SA», el día 15 de Diciembre del 2017; adquiere para el mercado Internacional , 1000 barriles de Petróleo a $ 80.00 (DOLARES) cada barril, momento en que el Tipo de cambio era de S/3.20.
Al 31 de Diciembre del 2017, la cotización Internacional del Barril de Petróleo es de $60.00 el barril. El tipo de cambio a dicha fecha también fué de S/3.20.
Primero: realizamos los cálculos respectivo al Tipo de Cambio de la Fecha de adquisición.
Segundo: Una vez con los cálculos respectivos en soles, procedemos a registrar la compra.
Tercero: Llegamos al 31 de Diciembre y la cotización o su Valor razonable de los 1000 barriles de Petróleo ha variado, haciendo el cálculo respectivo:
Cuarto: Podemos ver que el valor de cotización o Valor Razonable ha disminuido, teniendo que hacer el reconocimiento respectivo con el siguiente asiento Contable.
Muy agradecido con todos Ustedes, espero que este Post les haya sido de mucha utilidad. Ya sabes, si te pareció interesante este post, compártela con tus amigos y/o colegas en las redes sociales.
Muy agradecido
CPCC Omar Jovany Panta Chero
Asesor y Consultor de Empresas
Docente, Expositor y Capacitador en Temas Contable – Tributario
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]]>La entrada VALUACIÓN DE EXISTENCIAS: DESVALORIZACIÓN se publicó primero en El Blog del Contador Peruano.
]]>En esta oportunidad quiero hablarte sobre la Valuación de existencias y su DESVALORIZACIÓN, la misma que puede verse afectada por la obsolescencia, por la disminución del valor de mercado, o por daños físicos o pérdidas de la calidad de las existencias.
Al hablar sobre valuación de existencias a la fecha de presentación de los Estados Financieros, es necesario remitimos a lo establecido en el párrafo 9 de la NIC 2 Inventarios, el cual menciona:
Esto, se los pasaré a explicar mediante el siguiente ejemplo o caso práctico:
Al 31 de Diciembre del año 2016, la Empresa Comercio LA SA, cuenta con 100 bandejas de leche evaporada, cuyo costo o valor de adquisición es de S/59.00 cada bandeja.
Practicado el Valor neto de realización, se tiene que 20 bandejas de leche, se encuentran en estado vencido, producto del cual genera S/ 1,180 por desvalorización de existencias en todo el stock.
A continuación, pasamos a realizar el asiento contable, según el Nuevo PCGE, en donde podemos verificar que en la actualidad ya no se usa la cuenta 68 PROVISIONES.
El mismo párrafo 9 de la NIC 2, nos menciona, que de ambos valores (entre su costo de adquisición o producción y el Valor neto de realización) el menor se debe tomar; es decir, si mi VNR es mayor, me quedo con el valor registrado, no realizó ninguna modificación y/o ajuste al valor de las existencias o asiento alguno sobre las existencias.
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