Cierre del ejercicio archivos - El Blog del Contador Peruano https://elblogdelcontador.com/tag/cierre-del-ejercicio/ El Blog del Contador Peruano, nace para ayudar y/o aportar a los diferentes estudiantes y profesionales de la carrera Contable, aprenderémos mucho mediante las experiencias que impartan y los posibles casos que podamos resolver por medio de sus consultas. Wed, 25 Jan 2023 05:24:34 +0000 es hourly 1 https://wordpress.org/?v=6.5.5 Tipo de Cambio al Cierre del Ejercicio 2022 https://elblogdelcontador.com/tipo-de-cambio-al-cierre-del-ejercicio-2022/ https://elblogdelcontador.com/tipo-de-cambio-al-cierre-del-ejercicio-2022/#comments Wed, 25 Jan 2023 05:24:28 +0000 https://elblogdelcontador.com/?p=3768 Hola a todos, iniciamos con los cierres anuales y es muy importante tener en cuenta el Tipo de cambio al cierre del ejercicio 2022 a fin de reexpresar los saldos en Moneda extranjera que se obtiene en el Estado de situación Financiera. Omar no sabía que se tenía que realizar reexpresión de las partidas en […]

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Hola a todos, iniciamos con los cierres anuales y es muy importante tener en cuenta el Tipo de cambio al cierre del ejercicio 2022 a fin de reexpresar los saldos en Moneda extranjera que se obtiene en el Estado de situación Financiera.

Omar no sabía que se tenía que realizar reexpresión de las partidas en Moneda extranjera….

Pues si, la Ley del Impuesto a la Renta en su artículo 61 y su Reglamento en su artículo 34 inciso b) establecen lo que debes hacer.

¿Omar y en resumen qué se debe hacer?

En resumen, para reexpresar los saldos en Moneda Extranjera de tu balance debes seguir lo siguiente:

Para las cuentas del Activo:

Se utilizará el tipo de cambio promedio ponderado COMPRA cotización de oferta y demanda que corresponde al cierre de operaciones de la fecha del balance general, de acuerdo con la publicación que realiza la SBS.

Para las cuentas del Pasivo:

se utilizará el tipo de cambio promedio ponderado VENTA cotización de oferta y demanda que corresponde al cierre de operaciones de la fecha del balance general, de acuerdo con la publicación que realiza la SBS.

¿Cuál es ese tipo de Cambio?

Es el siguiente:

Tipo de cambio
Tipo de Cambio al Cierre 2022 – El Blog del Contador

Muchas gracias Omar, pero YO APLICO NIIF!….

Excelente que lo apliques, en este caso la NIC 21 habla de este tratamiento contable.

Sin embargo, lo que te indico líneas arriba es de índole tributario y sirve para la determinación del Impuesto a la Renta Anual, aspecto muy importante que no debes dejar de lado.

Conclusión:

  • Cuentas del Activo: TC Compra.
  • Cuentas del Pasivo: TC Venta.

Espero que haya sido de mucha Utilidad el presente Post. Te pido un favor!, califica este Post con estrellas y compártela en todas tus redes sociales (Me ayudarías bastante).

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Muy agradecido

CPCC Omar Jovany Panta Chero (wwww.elblogdelcontador.com)

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Gastos de Representación en el Cierre del Ejercicio https://elblogdelcontador.com/gastos-de-representacion-en-el-cierre-del-ejercicio/ https://elblogdelcontador.com/gastos-de-representacion-en-el-cierre-del-ejercicio/#comments Tue, 16 Jan 2018 06:56:54 +0000 http://elblogdelcontador.com/?p=771 Buen día con todos!, próximos a la presentación de la declaración anual de renta, es propicio hablar sobre los Gastos de Representación en el Cierre del Ejercicio; a fin de no tener ninguna contingencia con la Administración Tributaria – SUNAT. ¿Omar y qué son los Gastos de Representación? Se consideran gastos de representación, propio del […]

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Buen día con todos!, próximos a la presentación de la declaración anual de renta, es propicio hablar sobre los Gastos de Representación en el Cierre del Ejercicio; a fin de no tener ninguna contingencia con la Administración Tributaria – SUNAT.

¿Omar y qué son los Gastos de Representación?

Se consideran gastos de representación, propio del giro del negocio; a los efectuados por la empresa con la finalidad de ser representada fuera de sus oficinas, locales o establecimientos.

Tambien; a los destinados a presentar una imagen de la empresa, que le permita mantener o mejorar su posición de mercado, incluidos los obsequios y agasajos a clientes o también proveedores.

OJO: No se considera gasto de representación los desembolsos dirigidos a la masa de consumidores reales o potenciales; es decir, clientes o posibles clientes, tales como los gastos de propaganda.

Base legal: Art. 21° Inc. m) Reglamento de la LIR.

¿Omar y qué tienen que ver con el Cierre del Ejercicio?

Tiene mucho que ver, y esto; debido a que existe una restricción en la utilización de estos gastos. Restricción que  la Ley del Impuesto a la renta lo establece de esta manera:

Los gastos de representación propios del giro del negocio son deducibles para fines del I.R, siempre que anualmente no exceda del medio por ciento (0.5%) de los ingresos brutos, hasta un máximo de cuarenta (40) unidades impositivas tributarias (4,300 x 40 = s/172,000.00)

BASE LEGAL: ART. 37° INC. Q) DE LA LIR

Es decir, ¿si supero el límite de 0.5% de los Ingresos Brutos o 40 UITs, debo reparar la diferencia del gasto?

Efectivamente, la diferencia que supera el límite debe ser adicionado para el cálculo del Impuesto a la Renta.

Omar, pero si yo anoté en mi Registro de Compras todos los comprobantes y utilicé el Crédito Fiscal. ¿Repercute ese reparo en el IGV?

Si repercute, toda vez que, si no te otorga derecho a Costo o gasto, tampoco otorgará derecho a Crédito Fiscal del IGV. POR TANTO, les recomiendo llevar un control mensual de estos tipos de gastos, en la medida que Ustedes sepan que podrían superar el límite.

Ahora, te lo pasaré a explicarte, mediante un Caso práctico, a fin de que se nos haga mas entendible.

Caso Práctico:

La Empresa Latina SAC, durante el Periodo 2020, ha Registrado un Total de Ingresos de S/1 500,000.00, habiendo realizado por Descuentos y rebajas un importe de S/20,000.00. Se sabe que como Gastos de Representación a registrado un Total de S/12,000.00.

Se pide, de existir, calcular el Importe a reparar o adicionar vía Declaración Jurada.  

Gastos de Representación – El Blog del Contador Peruano

Como podrás ver, los Gastos de representación en los que ha incurrido esta empresa (S/12,000.00) ha superado el límite establecido en la LIR (0.5% de los Ingresos Brutos: S/7,400.00), generando una diferencia a reparar o adicionar en la DDJJ Anual.

Recomendaciones:

Te recomiendo llevar un control estricto de estos Gastos, a fin de que no tengas que reparar el IGV deducido al final del ejercicio.

Si te pareció interesante este post, te invito a que lo compartas en las redes sociales con tus amigos, colegas o compañeros de clase…. Nuevamente fué un gusto!!

Atentamente;

CPCC Omar Jovany Panta Chero (wwww.elblogdelcontador.com)

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