{"id":4228,"date":"2024-12-29T05:05:57","date_gmt":"2024-12-29T10:05:57","guid":{"rendered":"https:\/\/elblogdelcontador.com\/?p=4228"},"modified":"2024-12-29T05:05:57","modified_gmt":"2024-12-29T10:05:57","slug":"impacto-del-aumento-de-la-remuneracion-minima-vital-rmv-2025","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/elblogdelcontador.com\/impacto-del-aumento-de-la-remuneracion-minima-vital-rmv-2025\/","title":{"rendered":"Impacto del aumento de la Remuneraci\u00f3n M\u00ednima Vital (RMV) 2025"},"content":{"rendered":"
Mediante Decreto Supremo N\u00b0 006-2024-TR se dict\u00f3 el aumento de la Remuneraci\u00f3n M\u00ednima Vital (RMV) de S\/1,025.00 a S\/1,130.00, raz\u00f3n por la cual; es necesario analizar cu\u00e1l ser\u00eda el impacto en el \u00e1mbito laboral y tributario de esta medida. Para ello, abordaremos una explicaci\u00f3n breve sobre la RMV.<\/p>\n
Podr\u00edamos definir a la Remuneraci\u00f3n m\u00ednima vital como la cantidad m\u00ednima de dinero que debe percibir un trabajador que labora en una jornada completa de 8 horas diarias. Esta cantidad es establecida por ley.<\/p>\n
Es preciso aclarar que la pol\u00edtica de la RMV es fijada por el Ministerio de Trabajo y promoci\u00f3n del Empleo, la cual debe ser aprobada por el Poder Ejecutivo mediante decreto supremo.<\/p>\n
El primer impacto lo percibe el empresariado, toda vez que un aumento de la RMV incrementa los costos laborales de las empresas. Estos costos laborales son:<\/p>\n
Aumento de la Asignaci\u00f3n Familiar:<\/strong><\/p>\n La asignaci\u00f3n familiar es un beneficio social, de car\u00e1cter remunerativo, equivalente al 10% de la RMV que se otorga a los trabajadores de la actividad privada, con la condici\u00f3n de que tengan a su cargo hijos menores de edad, o mayores que est\u00e9n cursando estudios superiores hasta los 24 a\u00f1os o que tengan discapacidad severa.<\/p>\n Remuneraci\u00f3n en trabajo nocturno:<\/strong><\/p>\n Los trabajadores sujetos a una jornada nocturna no pueden recibir una remuneraci\u00f3n inferior a la RMV, m\u00e1s un incremento del 35%. En ese sentido, la nueva RMV nocturna ascender\u00e1 de la siguiente manera:<\/p>\n Remuneraci\u00f3n M\u00ednima en Sector minero:<\/strong><\/p>\n La RMV en el sector minero es 25% superior a lo establecido para el r\u00e9gimen general. Por consiguiente, el aumento para la RMV minera ser\u00e1 de la siguiente manera:<\/p>\n Modalidades formativas Laborales:<\/strong><\/p>\n La subvenci\u00f3n m\u00ednima aplicable para las modalidades formativas que cumplan la jornada m\u00e1xima respectiva ascender\u00e1 de la siguiente manera:<\/p>\n Remuneraci\u00f3n de los Periodistas:<\/strong><\/p>\n El sueldo m\u00ednimo del periodista profesional colegiado que ejerce sus actividades en empresas de comunicaci\u00f3n masiva, de m\u00e1s de 25 trabajadores en total, incluidos los contratados, eventuales y de servicios, no podr\u00e1 ser menor de 3 RMV. Por tanto la variaci\u00f3n es de la siguiente manera:<\/p>\n El impacto en el \u00e1mbito tributario tiene mucho que ver con el aumento de Impuestos laborales y topes de deducci\u00f3n, los cuales son:<\/p>\n Incremento del aporte m\u00ednimo del Essalud:<\/strong><\/p>\n El aporte m\u00ednimo al Essalud representa el 9% de la RMV, motivo por el cual, al aumentar esta, aumenta tambi\u00e9n este aporte m\u00ednimo de la siguiente manera:<\/p>\n Incremento del aporte a la ONP:<\/strong><\/p>\n El aporte de la ONP representa el 13% de la remuneraci\u00f3n b\u00e1sica de todo trabajador. Ahora, como un trabajador de tiempo completo no puede ganar inferior a la RMV, por tanto, el aporte a la ONP se ver\u00e1 aumentado con esta medida:<\/p>\n L\u00edmite diario de la Planilla de Movilidad:<\/strong><\/p>\n La Ley del Impuesto a la Renta establece un tope m\u00e1ximo para poder deducir gastos por concepto de movilidad, el cual se puede sustentar con una planilla de movilidad. El tope diario m\u00e1ximo establecido en la norma tributaria es el 4% de la RMV.<\/p>\n Espero que haya sido de mucha Utilidad el presente Post.<\/p>\n Ya sabes; si te pareci\u00f3 interesante este post, comp\u00e1rtela en todas tus redes (me ayudar\u00edas mucho).<\/p>\n Puedes realizar las consultas directamente en este post o SI DESEAS UNA ASESOR\u00cdA m\u00e1s personalizada o especializada con este tema cont\u00e1ctame a mi WhatsApp +51 968 145 213.<\/p>\n Pdta:<\/strong> Puedes copiar el contenido de este post, siempre y cuando cites la fuente: www.elblogdelcontador.com<\/a> y el autor.<\/p>\n Muy agradecido<\/p>\n CPCC Omar Jovany Panta Chero<\/strong>\u00a0(wwww.elblogdelcontador.com)<\/a><\/p>\n Mediante Decreto Supremo N\u00b0 006-2024-TR se dict\u00f3 el aumento de la Remuneraci\u00f3n M\u00ednima Vital (RMV) de S\/1,025.00 a S\/1,130.00, raz\u00f3n por la cual; es necesario analizar cu\u00e1l ser\u00eda el impacto en el \u00e1mbito laboral y tributario de esta medida. Para ello, abordaremos una explicaci\u00f3n breve sobre la RMV. \u00bfQu\u00e9 es la Remuneraci\u00f3n M\u00ednima Vital? Podr\u00edamos […]<\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":4229,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[128],"tags":[221,580,581],"yoast_head":"\n\n
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\u00bfY c\u00f3mo afecta en el \u00e1mbito Tributario este incremento?<\/strong><\/h3>\n
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