La entrada Detracción aplicada en los Ticket de Peajes se publicó primero en El Blog del Contador Peruano.
]]>
Bueno, la detracción se aplica al contribuyente cuya actividad que realiza es el «Servicio de Transporte Público de Pasajeros por vía terrestre», en la medida que el vehículo en el cual es prestado dicho servicio transite por las garitas o puntos de peaje señalados en el anexo de la R.S. N° 057-2007/SUNAT y modificatorias.
Se entiende como servicio de transporte público de pasajeros realizado por vía terrestre a aquel que es prestado en vehículos de la clase III de la categoría M3 a que se refiere el Anexo I del Reglamento Nacional de Vehículos aprobado mediante D.S. N° 058-2003-MTC, siempre que dichos vehículos posean un peso neto igual o superior a 8.5 TM y su placa de rodaje haya sido expedida en el país.
Efectivamente, así lo menciona la norma.
El monto del depósito será determinado cada vez que un vehículo de las características mencionadas en el artículo 2 (De la R.S. 057-2007/SUNAT), transite por una de las garitas o puntos de peaje señalados en el Anexo, siendo calculado dicho monto de acuerdo a lo siguiente:
a) S/. 2.00 (Dos y 00/100 Nuevos Soles) por cada eje del vehículo, tratándose de garitas o puntos de peaje que cobran las tarifas de peaje en ambos sentidos del tránsito.
b) S/. 4.00 (Cuatro y 00/100 Nuevos Soles) por cada eje del vehículo, tratándose de garitas o puntos de peaje que cobran las tarifas de peaje en un solo sentido del tránsito.
No. El sistema en este caso funciona de una manera especial y diferente.
El transportista, es el obligado a pagar el monto de la detracción a la Empresa de Peaje, en el momento que paga su peaje.
Efectivamente, la Empresa de Peaje, extenderá una constancia de cobranza para acreditar el Pago de la detracción.
Esta constancia, puede estar incluida en el mismo documento del Peaje.
Si existe. Solo no aplica la detracción, cuando por el Servicio de Transporte de Pasajero, se emita un Comprobante de Pago que otorgue derecho a Crédito Fiscal; por ejemplo, se emita Factura.
Tener en cuenta, que en este tipo de operaciones, la Detracción opera de manera distinta, pero; los fondos recaudados en la cuenta de detracciones, tienen el mismo destino que en las demás operaciones; es decir, sirven para el Pago de Tributos administrados por la SUNAT.
Espero haya sido lo mas claro posible; ya sabes, si te pareció interesante este Post, compártela con tus amigos y/o colegas en las redes sociales.
CPCC Omar Jovany Panta Chero
Asesor y Consultor de Empresas
Docente, Expositor y Capacitador en Temas Contable – Tributario
Visita nuestra Página web: (wwww.elblogdelcontador.com)
Síguenos en:
Facebook: El Blog del Contador Peruano
Twitter: @ElBlogcontador
Canal YouTube: El Blog del Contador Peruano
Detracción en peajes, spot, sistema de obligaciones tributarias con el gobierno central, transporte de pasajeros,
La entrada Detracción aplicada en los Ticket de Peajes se publicó primero en El Blog del Contador Peruano.
]]>