PCGE 2019 archivos - El Blog del Contador Peruano https://elblogdelcontador.com/tag/pcge-2019/ El Blog del Contador Peruano, nace para ayudar y/o aportar a los diferentes estudiantes y profesionales de la carrera Contable, aprenderémos mucho mediante las experiencias que impartan y los posibles casos que podamos resolver por medio de sus consultas. Fri, 07 Feb 2020 23:55:53 +0000 es hourly 1 https://wordpress.org/?v=6.5.5 Novedades del PCGE 2019 – Cuenta 32 https://elblogdelcontador.com/novedades-del-pcge-2019-cuenta-32/ https://elblogdelcontador.com/novedades-del-pcge-2019-cuenta-32/#comments Mon, 12 Aug 2019 12:19:47 +0000 http://elblogdelcontador.com/?p=1598 ¡Hola! Buenos días con todos, en esta oportunidad me gustaría comentarles acerca de las Novedades del PCGE 2019 – Cuenta 32. Cuando salió la NIIF 16 Arrendamiento, nos puso en jacke a muchos colegas, debido a que esta norma ya no hace diferencia entre un Arrendamiento Financiero y un operativo, introduciendo a la vez un […]

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¡Hola! Buenos días con todos, en esta oportunidad me gustaría comentarles acerca de las Novedades del PCGE 2019 – Cuenta 32.

Cuando salió la NIIF 16 Arrendamiento, nos puso en jacke a muchos colegas, debido a que esta norma ya no hace diferencia entre un Arrendamiento Financiero y un operativo, introduciendo a la vez un nuevo concepto denominado “ACTIVOS POR DERECHO DE USO”.

No se ponían de acuerdo en qué cuenta registrar este tipo de activos, debido a que el PCGE no lo estipulaba, algunos optaban por decir que debe continuarse en la cuenta 32 (Activos adquiridos en arrendamiento financiero) y otros optaban por considerarlo en una cuenta 34 (Intangibles); así también habían algunos colegas que decían que necesariamente debería considerarse en una cuenta especial nueva.

¿Omar y de qué trata la NIIF 16?

Esta Norma establece los principios para el reconocimiento, medición, presentación e información a revelar de los contratos que son o contienen un arrendamiento.

¿Y cuándo un contrato es o contiene un arrendamiento?

En resumidas palabras; un contrato es, o contiene, un arrendamiento si transmite el derecho a controlar el uso de un activo identificado por un periodo de tiempo a cambio de una contraprestación.

Como verás, 3 elementos esenciales deben haber en un contrato de arrendamiento:

  • El derecho a controlar el uso de un activo.
  • Un periodo de tiempo.
  • Una contraprestación.

¿Omar y cómo lo reconozco, qué importes debo reconocer?

Primero, reconoces el activo por derecho de uso conjuntamente con un pasivo por arrendamiento.

¿Y qué importes?

Deberás reconocer como importes el valor presente de Todos los pagos a realizar. Para ello debes aplicar la tasa de interés implícita del arrendamiento o una tasa incremental por prestamos del arrendatario.

Para una mejor comprensión, te lo explico con un Caso Práctico:

Caso Práctico:

La empresa Transporte Mabel EIRL, ha decidido alquilar vehículos para poder cumplir con el servicio a sus clientes en caso no se den abasto sus unidades vehiculares. Los datos del contrato son lo siguientes:

  • Periodo de Alquiler: 3 años (36 meses)
  • Cuota mensual: S/30,000.00 (Sin IGV) (Mínimo 9 viajes)
  • El vehículo estará a disposición para cuando la empresa lo necesite.
  • No se ha estipulado opción de compra.

¿Podemos decir que existe un arrendamiento?

Veamos: hay una contraprestación económica, tiene un periodo de tiempo estipulado y la empresa tiene el derecho a controlar el uso del vehículo. Por tanto concluimos que, si hay un arrendamiento.

¿Bueno, y qué importes debo reconocer como Activo por derecho de uso?

Veámoslo de esta manera:

Los Pagos a realizar serían los siguientes: 30,000.00 x 12 meses x 3 años =1’080,000.00

Ahora, debemos traer a valor presente estos pagos: (Usaremos una tasa incremental de 1.023684%)

Valor presente de 1’080,000.00 es: 899,544.31

(OJO: Para llegar a estos importes se aplicará la formula financiera de valor presente)

¿Omar no lo comprendí aun?

Te lo explico de esta manera: Los 1’080,000.00 es la sumatoria de todos los pagos mensuales de S/30,000.00 hasta llegar al tercer año; es decir, los 1’080,000.00 es el pago futuro que Ud. hará por la totalidad del arrendamiento al final del tercer año. Por tanto, para registrar ese importe el día de hoy, debo traerlo a valor presente, aplicando formula financiera.

Espero te haya quedado claro. El asiento Contable quedaría de esta manera aplicando el PCGE Modificado 2019:

Ten presente que esta es una explicación más simple que he podido describir; si deseas ahondar más, sobre los Pagos de las cuotas, depreciación, etc; Tal vez te interesaría en inscribirte en una sesión virtual donde abordaremos estos puntos, si deseas me escribes al email: informes@elblogdelcontador.com

Tips a aprender hoy día:

“Las NIIF comprenden las Normas Internaciones de Información Financiera, las Normas Internacionales de Contabilidad, Interpretaciones CINIIF y las interpretaciones SIC”.   

Descarga el Pst en PDF.

Quedo muy agradecido con todos ustedes, espero como siempre que este Post haya sido de mucha utilidad.

Ya saben, si les pareció interesante esta información, ¡compártela con tus amigos y/o colegas en las redes sociales!.

Atentamente:

CPCC Omar Jovany Panta Chero

Asesor y Consultor de Empresas

Docente, Expositor y Capacitador en Temas Contable – Tributario

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Novedades del PCGE – Aspectos Generales https://elblogdelcontador.com/novedades-del-pcge-aspectos-generales/ https://elblogdelcontador.com/novedades-del-pcge-aspectos-generales/#comments Fri, 02 Aug 2019 11:22:03 +0000 http://elblogdelcontador.com/?p=1577 Comentarios a la nueva versión del PCGE 2019

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¡Hola! Buenos días con todos, después de un largo tiempo nuevamente me reencuentro con Ustedes a través de mi blog y esta vez para comentarles acerca de las Novedades del PCGE 2019.

Durante los próximos días empezaré a comentar cada Elemento que conforma el Nuevo Plan Contable General Empresarial 2019 (PCGE 2019), así como las principales cuentas que tuvieron modificaciones sustanciales.

Como recordarán, mediante Resolución 002-2019-EF/30, publicada el 24 de mayo del 2019, el Consejo Normativo de Contabilidad aprobó el Nuevo Plan Contable General Empresarial cuyo uso obligatorio para las entidades del sector privado, rige a partir del 1 de enero de 2020, con aplicación optativa para el presente año.

¿Omar y por qué una Actualización del PCGE?

Esta actualización era necesaria debido a los cambios que han venido sufriendo las NIIF desde el 2010; por tanto, era importante adecuar dichos cambios al PCGE.

Algo muy importante que rescatar en esta nueva versión es la incorporación de referencias a la norma PYMES, también oficializada en el Perú, por referencia a la versión 2015, lo que el lector identificará bajo el subtítulo NIIF PYMES.

¿Y el cambio es total? es decir, ¿Se han cambiado radicalmente todas las cuentas?

NO; En esta nueva versión se ha conservado la estructura del PCGE 2010, incorporándose cuentas como en el caso de los activos por derechos de uso derivados del arrendamiento operativo (Cuenta 32), o plantas productoras trasladadas como una clase de propiedad, planta y equipo (Cuenta 33) y cambiando la terminología a la ahora utilizada en la versión oficial en idioma español (Antes: “Inmueble, maquinaria y equipo”; Hoy: “Propiedad, planta y equipo”) .

También, dentro de las Novedades del PCGE, encontramos que se han eliminado subcuentas que le quitaban el carácter de “General” al PCGE, permitiendo así que las empresas puedan abrir, según su utilidad, las divisionarias o sub divisionarias que les correspondan.

¿Omar y qué pasa si hay una contradicción entre la nueva versión del PCGE y las NIIF?

No debería haber; pero si la hubiera predomina lo establecido en las NIIF.

Es por ello que te recomiendo que para aplicar las Novedades del PCGE, obligatorio aprender la aplicación de las NIIF.

De manera adicional y sin poner en riesgo la aplicación de lo dispuesto por las NIIF, se debe considerar las normas del derecho, la jurisprudencia y los usos y costumbres mercantiles.

¿Y hasta cuantos dígitos es permitido llevar una contabilidad según esta Nueva versión del PCGE?

Hay que tener en cuenta que; la contabilidad de las entidades se debe encontrar lo suficientemente detallada para facilitar la exposición de los hechos económicos, al elaborar estados financieros; es por ello que esta nueva versión del PCGE, establece que como mínimo una contabilidad debe llevarse hasta 5 dígitos.

Ojo, “Como mínimo”, significa que las entidades pueden incorporar dígitos adicionales (6 a más dígitos), según les sea necesario, manteniendo la estructura básica dispuesta por este PCGE.

¿y cuál es la estructura de esta nueva versión del PCGE?

Esta nueva Versión del PCGE, ha sido desarrollado a nivel de 5 dígitos, estructurado sobre la base siguiente:

1.- Elemento: Se identifica con el primer dígito y corresponde a los elementos de los estados financieros, excepto para el dígito «8» y el dígito “0”.

2.- Rubro o cuenta: A nivel de dos dígitos, es el nivel mínimo de presentación de estados financieros requeridos.

3.- Subcuenta: Acumula clases de activos, pasivos, patrimonio neto, ingresos y gastos del mismo rubro, desagregándose a nivel de tres dígitos.

4.- Divisionaria: Se descompone en cuatro dígitos. Identifica el tipo o la condición de la subcuenta, u otorga un mayor nivel de especificidad a la información provista por las subcuentas.

5.- Sub divisionaria: Se presenta a nivel de cinco dígitos. Indica valuación cuando existe más de un método para medirla, u otorga un nivel de especificidad mayor.

Tips a aprender hoy día:

“Los Estados Financieros son una representación estructurada de la situación financiera, del rendimiento financiero y de los flujos de efectivo de una entidad, que suministran información útil a los usuarios para la toma de decisiones”.   

Párrafo 9 – NIC 1

Descarga el Post en PDF.

Quedo muy agradecido con todos ustedes, espero como siempre que este Post haya sido de mucha utilidad.

Ya saben, si les pareció interesante esta información, ¡compártela con tus amigos y/o colegas en las redes sociales!.

Atentamente:

CPCC Omar Jovany Panta Chero

Asesor y Consultor de Empresas

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