DETRACCION archivos - El Blog del Contador Peruano https://elblogdelcontador.com/tag/detraccion/ El Blog del Contador Peruano, nace para ayudar y/o aportar a los diferentes estudiantes y profesionales de la carrera Contable, aprenderémos mucho mediante las experiencias que impartan y los posibles casos que podamos resolver por medio de sus consultas. Mon, 08 Jul 2024 19:58:20 +0000 es hourly 1 https://wordpress.org/?v=6.5.5 Detracción aplicada en los Ticket de Peajes https://elblogdelcontador.com/detraccion-en-los-ticket-de-peajes/ https://elblogdelcontador.com/detraccion-en-los-ticket-de-peajes/#comments Mon, 16 Apr 2018 09:55:52 +0000 http://elblogdelcontador.com/?p=907 Buenos días con todos Ustedes, en esta oportunidad, daremos a conocer algunos aspectos sobre las detracciones aplicadas en los Ticket de Peajes. Omar y ¿En qué casos se aplica detracción en los Ticket de Peajes? Bueno, la detracción se aplica al contribuyente cuya actividad que realiza es el «Servicio de Transporte Público de Pasajeros por […]

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Buenos días con todos Ustedes, en esta oportunidad, daremos a conocer algunos aspectos sobre las detracciones aplicadas en los Ticket de Peajes.




Omar y ¿En qué casos se aplica detracción en los Ticket de Peajes?

Bueno, la detracción se aplica al contribuyente cuya actividad que realiza es el «Servicio de Transporte Público de Pasajeros por vía terrestre», en la medida que el vehículo en el cual es prestado dicho servicio transite por las garitas o puntos de peaje señalados en el anexo de la R.S. N° 057-2007/SUNAT y modificatorias.

Se entiende como servicio de transporte público de pasajeros realizado por vía terrestre a aquel que es prestado en vehículos de la clase III de la categoría M3 a que se refiere el Anexo I del Reglamento Nacional de Vehículos aprobado mediante D.S. N° 058-2003-MTC, siempre que dichos vehículos posean un peso neto igual o superior a 8.5 TM y su placa de rodaje haya sido expedida en el país. 

Es decir; ¿solo en los casos que pase por las Garitas o puntos de peajes señalados en dicha resolución, me aplicarán la detracción?

Efectivamente, así lo menciona la norma.




¿Y cuál es la tasa o monto que se deposita?

El monto del depósito será determinado cada vez que un vehículo de las características mencionadas en el artículo 2 (De la R.S. 057-2007/SUNAT), transite por una de las garitas o puntos de peaje señalados en el Anexo, siendo calculado dicho monto de acuerdo a lo siguiente:

a) S/. 2.00 (Dos y 00/100 Nuevos Soles) por cada eje del vehículo, tratándose de garitas o puntos de peaje que cobran las tarifas de peaje en ambos sentidos del tránsito.

b) S/. 4.00 (Cuatro y 00/100 Nuevos Soles) por cada eje del vehículo, tratándose de garitas o puntos de peaje que cobran las tarifas de peaje en un solo sentido del tránsito. 

A ver Omar, me confundiste con eso de que se cobra 2 soles por eje. ¿Cómo funciona el sistema en este caso? ¿Quien hace el deposito? ¿hay que ir al banco a hacer el deposito antes de pasar por el peaje?

No. El sistema en este caso funciona de una manera especial y diferente. 

El transportista, es el obligado a pagar el monto de la detracción a la Empresa de Peaje, en el momento que paga su peaje.




¿Me dará un documento o la constancia del deposito?

Efectivamente, la Empresa de Peaje, extenderá una constancia de cobranza para acreditar el Pago de la detracción.

Esta constancia, puede estar incluida en el mismo documento del Peaje.

Fuente: Internet

¿Existe aluna excepción para que te apliquen esta detracción?

Si existe. Solo no aplica la detracción, cuando por el Servicio de Transporte de Pasajero, se emita un Comprobante de Pago que otorgue derecho a Crédito Fiscal; por ejemplo, se emita Factura. 




Tener en cuenta, que en este tipo de operaciones, la Detracción opera de manera distinta, pero; los fondos recaudados en la cuenta de detracciones, tienen el mismo destino que en las demás operaciones; es decir, sirven para el Pago de Tributos administrados por la SUNAT.

Espero haya sido lo mas claro posible; ya sabes, si te pareció interesante este Post, compártela con tus amigos y/o colegas en las redes sociales.

Atte

CPCC Omar Jovany Panta Chero

Asesor y Consultor de Empresas

Docente, Expositor y Capacitador en Temas Contable – Tributario

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DETRACCIÓN EN OPERACIONES CON MONEDA EXTRANJERA – Dato Importante https://elblogdelcontador.com/detraccion-en-operaciones-con-moneda-extranjera-dato-importante/ https://elblogdelcontador.com/detraccion-en-operaciones-con-moneda-extranjera-dato-importante/#comments Thu, 24 Aug 2017 06:11:51 +0000 http://elblogdelcontador.com/?p=654 Buenas tardes con todos, es un gusto poder compartir diferentes temas con Ustedes. En esta oportunidad, comentaré sobre las DETRACCIÓN EN OPERACIONES CON MONEDA EXTRANJERA. Es muy común tener dudas sobre ¿Cuando se hace la detracción? ¿Fecha de Factura? ¿Fecha de deposito?, más aun si es una operación en moneda extranjera, debido a la diferencia […]

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Buenas tardes con todos, es un gusto poder compartir diferentes temas con Ustedes. En esta oportunidad, comentaré sobre las DETRACCIÓN EN OPERACIONES CON MONEDA EXTRANJERA.




Es muy común tener dudas sobre ¿Cuando se hace la detracción? ¿Fecha de Factura? ¿Fecha de deposito?, más aun si es una operación en moneda extranjera, debido a la diferencia por tipo de cambio que pueda haber de un día a otro.

 ¿Qué fecha tomo para aplicar el tipo de cambio?.

En esta oportunidad veremos los momentos que menciona la norma legal, a fin de evitar cualquier error en el deposito. Para ello debemos tener en cuenta lo establecido en el art. 20° la Resolución de Superintendencia N° 183-2004/SUNAT:




«Artículo 20°.- Operaciones en moneda extranjera
20.1 Para efecto de los depósitos a los que se refiere el artículo 2° de la Ley, en el caso de operaciones realizadas en moneda extranjera, la conversión en moneda nacional se efectuará al tipo de cambio promedio ponderado venta publicado por la Superintendencia de Banca y Seguros en la fecha en que se origine la obligación tributaria del IGV o en la fecha en que se deba efectuar el depósito, lo que ocurra primero».

La norma citada es muy clara y precisa las siguientes caracteristicas:

1.- Tipo de Cambio: Promedio ponderado VENTA Publicado por la SBS

2.- Fecha de referencia para la conversión:

     a) Fecha en que se origine la Obligación Tributaria o

     b) Fecha en la que se deba efectuar el depósito, Lo que ocurra primero.




¿Y cuándo se origina la Obligación Tributaria?

La Ley del IGV, establece que la Obligación Tributaria , según  el tipo de operación, se puede originar en los siguientes momentos:

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Nacimiento de la Obligación Tributaroa

De lo expuesto lineas arriba, podemos sacar nuestras conclusiones y poder definir la fecha de la conversión de una detracción en Moneda extranjera. Pero; para hacerlo mucho mas fácil, lo pasaré a explicar mediante el siguiente caso práctico.




CASO PRACTICO

La empresa Comercial Lirio SA, ha obtenido un servicio de transporte por parte de la empresa de Transporte El Veloz SRL, con el siguiente detalle.

Precio pactado: USS$ 1,000.00 (Incluido IGV)

Factura N° 001-0001563  Fecha de Emisión:  02/08/2017

Fecha del Servicio: 03/08/2017

Fecha de Pago: 04/08/2017.

SOLUCIÓN:

¿Qué ocurrió primero? ¿El Pago o la emisión de la factura?

La emisión de la Factura.

T. Cambio publicado por la SBS del día  02/08/2017 es: S/.3.242

Por tanto, la detracción es USS$ 1,000.00 X 4% = USS$ 40.00  (X 3.242) = S/.129.68  




¿Omar y qué hubiera pasado si el pago hubiera sido primero?

Entonces; la Obligación tributaria hubiera nacido con el pago, y por tanto, se hubiera hecho la conversión con la fecha de pago.

¿Qué pasa si me emiten una Nota de crédito o débito que modifica el comprobante de Pago? ¿A Qué fecha hago la conversión a Moneda nacional?

La emisión de la Nota de Crédito o Débito, no modifica la fecha de nacimiento de la Obligación Tributaria, por lo tanto, debes hacer la conversión en la fecha de nacimiento de la Obligación tributaria (Que puede ser la fecha de factura o la fecha en que percibes el ingreso)

Espero haya sido del todo claro el presente post. Ya sabes, si te pareció interesante esta información, compártela con tus amigos y/o colegas en las redes sociales.. Comparte ya!!..

Atte:

CPCC Omar Jovany Panta Chero (wwww.elblogdelcontador.com)

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PROCEDIMIENTO PARA CORREGIR LA DETRACCION REALIZADA EN UNA CUENTA ERRADA https://elblogdelcontador.com/procedimiento-corregir-la-detraccion-realizada-una-cuenta-errada/ https://elblogdelcontador.com/procedimiento-corregir-la-detraccion-realizada-una-cuenta-errada/#comments Wed, 07 Dec 2016 14:26:39 +0000 http://elblogdelcontador.com/?p=564 Es común que en la práctica laboral sucedan algunos errores, como depositar la Detracción en una cuenta que no corresponda al proveedor del bien o Servicio; para ello, la administración Tributaria ha establecido un procedimiento para corrección de detraccion realizada en una cuenta errada. ¿Omar y qué debo hacer para realizar la corrección de detracciones? […]

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Es común que en la práctica laboral sucedan algunos errores, como depositar la Detracción en una cuenta que no corresponda al proveedor del bien o Servicio; para ello, la administración Tributaria ha establecido un procedimiento para corrección de detraccion realizada en una cuenta errada.

¿Omar y qué debo hacer para realizar la corrección de detracciones?

Todo comienza presentando una solicitud de corrección de errores en la constancia de depósito de detracciones, esta debe estar firmada por el contribuyente o representante legal y debe contener el número de la Cuenta de detracciones donde se realizó el depósito, la constancia de depósito errada y la cuenta de detracciones donde debió depositarse.

También vas a requerir adjuntar Original y copia SUNAT o fotocopia de la Constancia de Depósito de detracción, una copia del comprobante de pago y/o guía de remisión de la transacción que originó la detracción; así como un escrito firmado por el beneficiario de la cuenta, donde acepta que el depósito fue realizado en su cuenta por error y autorizando el extorno a la cuenta correcta.

¿Omar, la SUNAT ya tiene un Formulario para corregir detracciones?

En efecto, ya tiene un formato para corregir detracciones, cuyo nombre es: “Solicitud de corrección de constancia o deposito – cuenta de detracciones”, el mismo que lo pueden descargar desde el buscador de google, llenarlo, firmarlo y adjuntar los demás requisitos descritos líneas arriba.

¿Omar y puedo adjuntar alguna otra información adicional a la solicitud de corrección de detracción?

Si puedes adjuntar cualquier información que consideres necesario para sustentar la solicitud.

A continuación, les comparto a detalle, el procedimiento a seguir, en caso de haberse producido un depósito en una cuenta de detracción que no corresponde al proveedor del bien o prestador del servicio sujeto al sistema, para solicitar la corrección de la cuenta de destino.

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