La entrada Novedades del PCGE 2019 – Cuenta 32 se publicó primero en El Blog del Contador Peruano.
]]>Cuando salió la NIIF 16 Arrendamiento, nos puso en jacke a muchos colegas, debido a que esta norma ya no hace diferencia entre un Arrendamiento Financiero y un operativo, introduciendo a la vez un nuevo concepto denominado “ACTIVOS POR DERECHO DE USO”.
No se ponían de acuerdo en qué cuenta registrar este tipo de activos, debido a que el PCGE no lo estipulaba, algunos optaban por decir que debe continuarse en la cuenta 32 (Activos adquiridos en arrendamiento financiero) y otros optaban por considerarlo en una cuenta 34 (Intangibles); así también habían algunos colegas que decían que necesariamente debería considerarse en una cuenta especial nueva.
¿Omar y de qué trata la NIIF 16?
Esta Norma establece los principios para el reconocimiento, medición, presentación e información a revelar de los contratos que son o contienen un arrendamiento.
¿Y cuándo un contrato es o contiene un arrendamiento?
En resumidas palabras; un contrato es, o contiene, un arrendamiento si transmite el derecho a controlar el uso de un activo identificado por un periodo de tiempo a cambio de una contraprestación.
Como verás, 3 elementos esenciales deben haber en un contrato de arrendamiento:
¿Omar y cómo lo reconozco, qué importes debo reconocer?
Primero, reconoces el activo por derecho de uso conjuntamente con un pasivo por arrendamiento.
¿Y qué importes?
Deberás reconocer como importes el valor presente de Todos los pagos a realizar. Para ello debes aplicar la tasa de interés implícita del arrendamiento o una tasa incremental por prestamos del arrendatario.
Para una mejor comprensión, te lo explico con un Caso Práctico:
Caso Práctico:
La empresa Transporte Mabel EIRL, ha decidido alquilar vehículos para poder cumplir con el servicio a sus clientes en caso no se den abasto sus unidades vehiculares. Los datos del contrato son lo siguientes:
¿Podemos decir que existe un arrendamiento?
Veamos: hay una contraprestación económica, tiene un periodo de tiempo estipulado y la empresa tiene el derecho a controlar el uso del vehículo. Por tanto concluimos que, si hay un arrendamiento.
¿Bueno, y qué importes debo reconocer como Activo por derecho de uso?
Veámoslo de esta manera:
Los Pagos a realizar serían los siguientes: 30,000.00 x 12 meses x 3 años =1’080,000.00
Ahora, debemos traer a valor presente estos pagos: (Usaremos una tasa incremental de 1.023684%)
Valor presente de 1’080,000.00 es: 899,544.31
(OJO: Para llegar a estos importes se aplicará la formula financiera de valor presente)
¿Omar no lo comprendí aun?
Te lo explico de esta manera: Los 1’080,000.00 es la sumatoria de todos los pagos mensuales de S/30,000.00 hasta llegar al tercer año; es decir, los 1’080,000.00 es el pago futuro que Ud. hará por la totalidad del arrendamiento al final del tercer año. Por tanto, para registrar ese importe el día de hoy, debo traerlo a valor presente, aplicando formula financiera.
Espero te haya quedado claro. El asiento Contable quedaría de esta manera aplicando el PCGE Modificado 2019:
Ten presente que esta es una explicación más simple que he podido describir; si deseas ahondar más, sobre los Pagos de las cuotas, depreciación, etc; Tal vez te interesaría en inscribirte en una sesión virtual donde abordaremos estos puntos, si deseas me escribes al email: [email protected]
Tips a aprender hoy día:
“Las NIIF comprenden las Normas Internaciones de Información Financiera, las Normas Internacionales de Contabilidad, Interpretaciones CINIIF y las interpretaciones SIC”.
Descarga el Pst en PDF.
Quedo muy agradecido con todos ustedes, espero como siempre que este Post haya sido de mucha utilidad.
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Atentamente:
CPCC Omar Jovany Panta Chero
Asesor y Consultor de Empresas
Docente, Expositor y Capacitador en Temas Contable – Tributario
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