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NORMA XI: PERSONAS SOMETIDAS AL CÓDIGO TRIBUTARIO Y DEMÁS NORMAS TRIBUTARIAS

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Buenos días con todos Ustedes, muy agradecido por su interés en este Blog, agradezco mucho a las personas que me mandan saludos y palabras de animo constantemente. 




En esta oportunidad trataremos la NORMA XI del Código Tributario (PERSONAS SOMETIDAS AL CÓDIGO TRIBUTARIO Y DEMÁS NORMAS TRIBUTARIAS), la misma que habla sobre el Universo de personas que están sometidas al cumplimiento de lo estipulado en nuestro Código Tributario y a las demás Normas Tributarias.

Y ¿Quiénes están sometidos al cumplimiento del Código Tributario?

Todos los domiciliados en el País.

Omar ¿A qué te refieres con TODOS?

Al referirme a todos, hago referencia a los siguientes Entes, sean Nacionales o Extranjeros:

  • Personas Naturales.

  • Personas Jurídicas.

  • Sociedades conyugales.

  • Sociedades Indivisas.

  • Otros entes colectivos.




¿Qué significa ser una persona domiciliada en el País?

Para ello citamos lo dispuesto en la Ley del Impuesto a la Renta, según el Articulo 7º, el cual detalla lo siguiente:

Artículo 7º.- Se consideran domiciliadas en el país:

a) Las personas naturales de nacionalidad peruana que tengan domicilio en el país, de acuerdo con las normas de derecho común.

b) Las personas naturales extranjeras que hayan residido o permanecido en el país más de ciento ochenta y tres (183) días calendario durante un periodo cualquiera de doce (12) meses. 




c) Las personas que desempeñan en el extranjero funciones de representación o cargos oficiales y que hayan sido designadas por el Sector Público Nacional.

d) Las personas jurídicas constituidas en el país.

e) Las sucursales, agencias u otros establecimientos permanentes en el Perú de personas naturales o jurídicas no domiciliadas en el país, en cuyo caso la condición de domiciliada alcanza a la sucursal, agencia u otro establecimiento permanente, en cuanto a su renta de fuente peruana.

f) Las sucesiones, cuando el causante, a la fecha de su fallecimiento, tuviera la condición de domiciliado con arreglo a las disposiciones de esta Ley.

g) Los bancos multinacionales a que se refiere la Décimo Sétima Disposición Final y Complementaria de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros- Ley Nº 26702, respecto de las rentas generadas por sus operaciones en el mercado interno.

h) Las empresas unipersonales, sociedades de hecho y entidades a que se refieren el tercer y cuarto párrafos del Artículo 14º de la Ley, constituidas o establecidas en el país.




¿Sólo los domiciliados en el país están sometidos al Código Tributario y a las demás leyes Tributarias? 

No. También lo están las Personas NO DOMICILIADAS

Osea, ¿Un extranjero, no domiciliado debe someterse a las leyes de su país y a las de acá también en el Perú?

Solamente sobre sus patrimonios, rentas, actos o contratos que están sujetos a tributación en el país. Para ello, deberán constituir domicilio en el país o nombrar representante con domicilio en él.

Como verás el criterio de vinculación entre el sujeto y las normas Tributarias de este país, va mucho mas allá de la nacionalidad y domicilio; tanto así, que a una persona siendo extranjera, estará sujetas a lo previsto en el CT, cuando ha permanecido en el país mas de 183 días (Mas de 6 meses aproximadamente), así como también, a una persona extranjera, que no haya estado en el país (183 días), pero que tenga patrimonios aquí, también se sujetará a las normas de este Código, solamente sobre dicho patrimonio.




Bueno, el propósito de este post, ha sido mostrar de una manera mas simple lo que describe la Norma XI del Código Tributario, tratando en lo posible ser lo mas entendible posible.

Si te gustó o te pareció interesante esta información, compártela con tus amigos en las redes sociales. Muy agradecido…

Atentamente:

CPCC Omar Jovany Panta Chero

Asesor y Consultor de Empresas

Docente, Expositor y Capacitador en Temas Contable – Tributario

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Omar Panta
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Contador Publico Colegiado - Emprendedor y Conferencista Hola! soy Omar Jovany Panta Chero, Contador Publico, egresado de la Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo …
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